Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº94

Resolución Nº 94

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 27/01/2022

Visto las presentes actuaciones referidas a la solicitud de autorización para el ingreso y emplazamiento de un camión para la comercialización de pescado a precios diferenciados en diversos puntos de la ciudad, presentada por el Consorcio Federal de Alimentos Argentinos (conformado por la Cooperativa Lotracoop, la Cooperativa Mar Adriático y Cooperativa Bahía Vento); y

Considerando

   Que según lo informado por la Subsecretaría de Fiscalización, que oportunamente se le comunicara telefónicamente a la Sra. Marisa Volpi representante de la Cooperativa Bahía Vento, este tipo de actividades no se encuentra taxativamente enumerada en la legislación vigente (ley Nº 1824/69, Decreto Nº 2126/71 (CAA), Ordenanzas Nº 11866 y 5722) como así también que la modalidad de comercialización pretendida (venta de la mercadería directamente al público desde el camión que la transporta) era muy compleja en términos estrictamente sanitarios;

 

   Que además desde la Dirección General de Espacios Públicos, la Dirección General de Movilidad Urbana y la Delegación Municipal Norte se han expedido respecto a la inconveniencia de la instalación del camión en cuestión en los lugares solicitados por el recurrente, atento a que la actividad resulta incompatible con el mantenimiento y conservación de los espacios públicos, que en los sectores solicitados se encuentra emplazado un tramo de ciclovía, que provocaría la ralentización del tránsito y/o los espacios son compartidos con otras instituciones sociales siendo de mucha incomodidad el estacionamiento del vehículo mencionado para el normal desenvolvimiento en los sectores de la ciudad que se vayan a otorgar;

 

   Por lo expuesto y atento a los informes elaborados por las diferentes áreas municipales que conforman las presentes actuaciones, el SECRETARIO DE GOBIERNO,  en uso de las facultades conferidas por el Artículo 182º de la Ley Orgánica de las Municipalidades,

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º): No hacer lugar al pedido presentado por el Consorcio Federal de Alimentos Argentinos (conformado por la Cooperativa Lotracoop, la Cooperativa Mar Adriático y Cooperativa Bahía Vento) en el que solicitan autorización para el ingreso y emplazamiento de un camión para la comercialización de pescado, directamente desde dicho vehículo al público, a precios diferenciados en diversos puntos de la ciudad; por los motivos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.-

 

ARTÍCULO 2º): Cúmplase, notifíquese, tome nota la Dirección Técnica Jurídica, la Subsecretaría de Fiscalización, la Dirección General de Espacios Públicos y la Secretaría de Gestión Urbana, dése al R.O. y archívese.-