Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1314

Decreto Nº 1314

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 02/06/2022

Visto las presentes actuaciones originadas por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales, referidas a la adquisición de artículos de limpieza e higiene, conforme Solicitud de Pedido Nº 2388/2022, y;

CONSIDERANDO,

Que, se efectuó el correspondiente Concurso de Precios, recibiéndose las propuestas económicas de cinco (5) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de las once (11) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación.

Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo 199 establece: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”;

Que, el Jefe del Departamento Compras a fs. 88/89  sugiere se adjudique al proveedor Di Luca Arnaldo Adrian los items N° 2 a 5, 7, 10 a 12, 21, 23 a 25, 28, 29, 31, 33 a 35, 37, 38, 40, 41, 43, 45 a 47, 50, 53, 54, 56, 63 a 65, 67, 69 y 70, al proveedor Occhionero Carlos Alberto los items N° 1, 14, 18, 39 y 57, al proveedor Elegi Planeta S.A. los items N° 17, 20, 30, 32, 42, 52, 58 a 60, 62 y 68, al proveedor Disproal de Vasili Hnos S.A. los items N° 6, 8, 9, 13, 15, 16, 19, 22, 26, 27, 36, 44, 48, 49 ,51, 61, 66 y 72 a 74, al proveedor Leandro Abel Cuevas y Laura Alejandra Racosta Sociedad de la Selección el item N° 55, manifestando que el item N° 71 no se adjudica debido a que las ofertas recibidas superan ampliamente el preventivo y que respecto al item N° 37 se produjo un empate de precios entre los proveedores Elegi Planeta S.A. y Di Luca Arnaldo Adrian, resultando ganador este ultimo;

Por ello, atento a la comparativa de ofertas obrante de fs. 63 a 71, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:

DECRETA

ARTICULO 1º)- Adjudícase a DI LUCA ARNALDO ADRIAN (Proveedor Nº 5.161), la provisión de los ítems Nº 2 a 5, 7, 10 a 12, 21, 24, 25, 28, 29, 31, 33 a 35, 37, 38, 40, 43, 45, 47, 50, 53, 54, 56, 63 a 65, 67, 69 y 70 por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones solicitadas, los items N° 23, 41 y 46 por única oferta conveniente a los intereses municipales, por la suma total de PESOS SETECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES CON TREINTA Y UN CENTAVOS ($735.493,31.-), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente y los considerandos del presente Decreto.-

ARTICULO 2º)- Adjudícase a OCCHIONERO CARLOS ALBERTO (Proveedor Nº 5.930), la provisión de los ítems Nº 1, 14, 18, 39 y 57 por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones solicitadas, por la suma total de PESOS VEINTICINCO MIL CIENTO DOS CON DIECISIETE CENTAVOS ($25.102,17.-), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente y los considerandos del presente Decreto.-

ARTICULO 3º)- Adjudícase a ELEGI PLANETA S.A. (Proveedor Nº 7.897), la provisión de los ítems Nº 17, 20, 30, 32, 42, 52, 58 a 60, 62 y 68 por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones solicitadas, por la suma total de PESOS SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS QUINCE ($68.715.-), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente y los considerandos del presente Decreto.-

ARTICULO 4º)- Adjudícase a DISPROAL DE VASILI HNOS S.A. (Proveedor Nº 7.962), la provisión de los ítems Nº 6, 8, 9, 13, 15, 16, 19, 22, 26, 27, 36, 44, 48, 49 ,61, 66 y 72 y 73, por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones solicitadas, los items N° 51 y 74 por unica oferta conveniente a los intereses municipales, por la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($146.291,45.-), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente y los considerandos del presente Decreto.-

ARTICULO 5º)- Adjudícase a LEANDRO ABEL CUEVAS Y LAURA ALEJANDRA RACOSTA SOCIEDAD DE LA SELECCION (Proveedor Nº 8.609), la provisión del ítem Nº 55, por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones solicitadas, por la suma total de PESOS VEINTIÚN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES CON DIEZ CENTAVOS ($21.833,10.-), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente y los considerandos del presente Decreto.-

ARTICULO 6°)- Dejase constancia que el item N°71 no se adjudica por superar ampliamente el preventivo.-

ARTICULO 7°)- Dejase constancia que los responsables de la recepción y control de la mercadería serán los agentes: Mónica Fuidio, Legajo Nº 11.139 y Juanita Carbia, Legajo Nº 13.980 (Hogar Refugio),  Pamela Ayala, Legajo Nº 15.613 y Alejandra Martin, Legajo Nº 6.989 (Mamás Cuidadoras), Aracelli Uthurralt, Legajo N° 6.994 y Luciana Pascual, Legajo N° 13.979 (Casa del Niño Ingeniero White), Patricia Campos, Legajo N° 6.030 y Adriana Cerolini, Legajo N° 6.859 (EPI Mi Lugar), Mariela Cuello, Legajo Nº 11.769, Monica Gonzalez, Legajo N° 16.133 (Casa de Abrigo 1), Rosana Colli, Legajo N° 6.338 y Maximiliano Corvatta, Legajo N° 16.506 (Sueño de Barrilete), Adriana Plischuk, Legajo Nº 6.377 y Javier Bellabarba, Legajo Nº 11.616 (Sistema de Amas), German Roth, Legajo Nº 14.507 y Valeria Vauchelet, Legajo Nº 13.587 (Hogar Peumayen), Guillermina Alaniz, Legajo Nº 14.888 y Elizabeth Lertora, Legajo Nº 12.796 (Casa de Abrigo 2), Leticia Astenza, Legajo Nº 15.655 y Marianella Migliavaca, Legajo Nº 16.428 (Cantilo), Rosana Colli, Legajo Nº 6.338 (Envión), Mónica Angellini, Legajo Nº 12.335 y Nelida Arhex, Legajo Nº 6.053 (C. Cap. y Promoc. Villa Miramar), Carlos Luna, Legajo Nº 4.082 (Autonomia Joven), Olga Faat, Legajo Nº 12.269, Melisa Barrera, Legajo N° 16.414 (Casa del Niño de Villa Rosas), Rosana Colli, Legajo N° 6.338 y Natalia Olmos, Legajo N° 13.977 (Jovenes por los Jovenes), en un todo de acuerdo a lo establecido por el Artículo Nº 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades e informe de fojas 12.-

ARTICULO 8º)- Cúmplase, dése al R.O., notifíquese, tome nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVESE.