Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº230

Resolución Nº 230

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 04/05/2022

Visto la nota de fecha 28 de abril del 2022 presentada por el Gerente de la firma BAHIA TRANSPORTE SAPEM en carácter de gerenciador del sistema de transporte público de pasajeros por colectivo, mediante la cual solicita se le efectúe el adelanto compensatorio para el mes de mayo del 2022, a cada una de las empresas de transporte público de pasajeros por colectivo en el marco de la Ley nº27.467 Inciso A, Art. 125 Fondo Compensador para el Transporte Público de Pasajeros por Automotor Urbano y Suburbano del Interior del País; por lo expuesto y CONSIDERANDO:

Que, según la normativa referida, las prestadoras del servicio de transporte público de colectivos tienen como medio de cobro el Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE), razón por la cual las mismas son beneficiarias de un subsidio complementario otorgado por el Estado Provincial, el cual se determina en función de la cantidad de personal y unidades con las que cuenta cada una de ellas y que el Estado Nacional reconoció oportunamente.

Que la firma Bahía Transporte S.A.P.E.M. en su solicitud expone: “...Que, como venimos exponiendo desde el inicio de referencia, la creación del Fondo Compensador Covid-19 para el interior del país, ha surgido como complemento del subsidio que gira mensualmente la Provincia de Buenos Aires, y en el marco de la crisis sanitaria derivada del Covid-19 para compensar a las empresas responsables del transporte público urbano de pasajeros, quienes requerían de forma permanente, alternativas para poder cubrir parte del déficit proveniente de esa situación de excepción.

 Que, las sumas de dinero resultantes de las resoluciones emitidas por el Ministerio a cargo del servicio y en función del Fondo Compensador mencionado, si bien fueron y son relevantes para poder cubrir una porción de los resultados negativos que se devengan mes a mes, lo cierto es que resultan insuficientes para poder superar el perjuicio económico producto de las dificultades emergentes en el ámbito de la salud, y que se sumó a la delicada situación financiera que ya se venía padeciendo en el sector con anterioridad al virus en cuestión. No obstante, también fueron fundamentales para cubrir parte de las pérdidas que se fueron gestando periódicamente.

 Atento que, durante el año 2020 y 2021 como decíamos, el Estado Nacional giró fondos a las prestatarias del interior, al menos en lo indispensable, para colaborar y hacer posible la efectiva prestación de un servicio público que resulta esencial para los ciudadanos, es que los representantes de las empresas, como la Federación Argentina de Transportadores por Automotor de Pasajeros (FATAP) y las diferentes Cámaras del interior, así como el Municipio en conjunto con otros pares y las Provincias, están realizando todas las acciones tendientes a hacer efectiva la afectación de nuevas partidas para aportar, extender y mejorar las sumas derivadas del Fondo Compensador Covid-19. Esa perspectiva otorga esperanzas para, por un lado, continuar con la asistencia a las empresas durante el año 2022 y, por el otro, para que se logre obtener un equilibrio en el soporte financiero atento que aún siguen siendo escasos los montos que se asignan al interior en comparación a la gravedad de la situación económica y financiera, y a la asistencia que se brinda en la zona del AMBA, traduciéndose esto último en una diferencia de trato que está teniendo consecuencias muy gravosas en el interior del país.

Que, si bien las condiciones de circulación se flexibilizaron en forma coordinada con la disminución de casos de Covid-19, hay que prestar atención al caudal de pasajeros transportados por empresa, cifra que, si bien está mejorando paulatinamente, aún no alcanzó los niveles anteriores a la crisis sanitaria. Se observa que la disminución de personas que utilizan este medio de traslado y optan por alternativas menos riesgosas para su salud, o han adoptado un nuevo hábito para su movilización, está dando como resultado una merma en la actividad del transporte.

Que, amén de este contexto, todas las compañías de transporte siempre han prestado el servicio de forma regular, bajo las condiciones impartidas por la Secretaría Municipal correspondiente, sin alteraciones que afecten el normal desarrollo de la actividad y cumplimentando con todas las obligaciones salariales a cargo, incluidos los acuerdos celebrados como cierre de las paritarias 2021 y los nuevos compromisos emergentes de las paritarias 2022, situación que no se repite en todas las jurisdicciones del país.

Que ese cuadro se da en la siguiente lógica: por un lado, la recaudación por pasajeros transportados no se ha recuperado completamente, y por el otro, los costos de todos los rubros continúan en aumento. Así, el combustible ha sido objeto de importantes subas; los repuestos de las unidades y otros materiales de mantenimiento han incrementado significativamente, teniendo gran incidencia la inestabilidad cambiaria y los índices de inflación a la que está sujeta la economía nacional desde hace años.

Como siempre explicamos, al ser el procedimiento de rendiciones y pago de las cuotas correspondientes a las resoluciones que determinan los montos y autorizan los giros correspondientes al Fondo Compensador, implican una demora para la efectiva percepción por parte de las prestatarias del servicio, y siendo relevante para éstas poder sortear la situación antes descripta es que, en los meses previos, el Municipio ha girado a las compañías en concepto de adelanto, el importe que a cada una le correspondía percibir en función del Fondo Compensador COVID por las Resoluciones MT 29/21, 142/2021, 248/2021, 364/2021 y 466/2021.

Que, para lo que ha transcurrido del año 2022, se ha dictado la Resolución MT 82/2022 por medio de la cual se asignan fondos para los meses de enero, febrero y marzo y también han sido adelantados por el Municipio. En ese contexto, solicitamos en esta oportunidad se tenga a bien hacer el adelanto de dinero por el período mayo 2022, el cual permitiría, por un lado, afrontar los compromisos de pronto vencimiento, principalmente las obligaciones salariales; y por el otro, mantener una mínima estabilidad en la prestación del servicio…”

Que como es de público conocimiento, el país en general y el transporte en particular, está atravesando una profunda crisis económico financiera a raíz de la caída en la recaudación.

Que es fundamental para todas las prestatarias del sistema, contar de forma inmediata con los fondos referidos para poder afrontar los compromisos de pronto vencimiento, y principalmente las obligaciones salariales.

Que, según lo expresado por el director general de Movilidad de Urbana: “…Que en virtud de lo establecido en el DECNU 867/2021 y la situación económica financiera en la que se encuentra el transporte, se hace necesario asistir a las empresas prestatarias del servicio a través del adelanto mencionado en primer término a los efectos de que las mismas puedan afrontar los compromisos de corto plazo que poseen.

Que según surge de la nota aclaratoria presentada por esta Dirección con fecha 4 de mayo de 2022, existen resoluciones y decretos que manifiestan la existencia de compromisos de subsidios a cobrar por parte de Nación (a través de Provincia) por $147.470.030,68, y adelantos hechos a las empresas por $79.662.808,04 todavía sin recuperar. Por lo tanto, todavía quedan $67.808.222,64 de los comprometidos del Fondo Compensador de Nación que aún pueden ser adelantados sumado al nuevo compromiso para el año 2022, tal lo expresa la resolución ministerial 82/2022.

Que de acuerdo a la situación descripta en la nota presentada y lo antes mencionado, esta Secretaría cree conveniente dar curso a lo peticionado, a fin de no generar inconvenientes en la prestación del servicio de transporte público de colectivos de la ciudad...

Que ante la situación descripta; y teniendo en cuenta lo informado por la Secretaría de Gestión Urbana y la Secretaría de Economía; donde ésta última expresa: “Se informa que de no mediar objeción legal y atendiendo a la solicitud de pago formulada por el Secretario de Movilidad Urbana y Espacios Públicos, procederemos al pago de $15.633.331,25.- en concepto de nuevo adelanto teniendo en cuenta el compromiso de fondos desde el Ministerio por el año 2021 pendientes de giro…

Por ello, y atento a la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y el Departamento Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

R E S U E L V E

ARTICULO 1°) Autorizase al Departamento de Contaduría General a efectuar orden de pago y transferencia bancaria a las empresas prestatarias del servicio público de pasajeros por colectivo de la jurisdicción de Bahía Blanca, según el esquema que a continuación se detalla y por la suma total de PESOS QUINCE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO CON 25/100 CENTAVOS ($15.633.331,25), en concepto de un nuevo adelanto teniendo en cuenta el compromiso de fondos del Ministerio de Transporte para el año 2022.

EMPRESA

CUIT Nº

MONTO A ABONAR

LEMOS Y RODRIGUEZ S.A.

30-546347012-6

$5.846.865,89

LANGE DANTE RAÚL

20-17896617-1

$203.233,31

BAHÍA TRANSPORTE SAPEM

30-71160347-2

$940.758,70

T. A. SAN GABRIEL

30-71234878-6

$8.642.473,35

TOTAL

 

$15.633.331,25

 

ARTICULO 2°) Dejase constancia que el monto otorgado en el Artículo 1º de la presente resolución será compensado de futuros desembolsos en concepto del subsidio a percibir por parte del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº27.467 Inciso A) Artículo 125 por medio de la cual se reglamenta el Fondo Compensador al Transporte Público de Pasajeros por Automotor Urbano y Suburbano del Interior del País; y/o en su defecto mediante otras acreencias que el Municipio tenga con las empresas tal lo requerido por el Secretario de Economía.

ARTICULO 3°) El monto indicado en el Artículo 1° del presente acto administrativo será imputado a la Fuente 132, Jurisdicción 1110119000, Categoría Programática 01.17.00 Gasto 5.1.9.0. del presupuesto de Gastos vigentes.

ARTICULO 4°) Cúmplase, notifíquese a las empresas de transporte público de colectivo Lemos y Rodríguez S.A, Lange Raúl Dante, Bahía Transporte SAPEM, Transporte Automotor San Gabriel; tome nota Dirección General de Movilidad Urbana, Subdirección de Presupuesto, Departamento de Contaduría General, dése al RO y Resérvese en la Secretaría Gestión Urbana.