Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº203

Resolución Nº 203

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 21/04/2022

VISTO la nota presentada por el director general de Movilidad Urbana en relación al pedido efectuado por la firma Bahía Transporte SAPEM, en la cual solicita que el Municipio evalúe la posibilidad de compensar los pasajeros gratuitos transportados en el mes de Marzo del 2022, correspondiente al personal considerado esencial (fuerza policial y personal de salud), además de discapacitados y municipales, por lo expuesto y

CONSIDERANDO:

Que la mencionada firma en su presentación expone: “...Que mediante la Ordenanza N°. 20.537, en su artículo 7°, se dispuso el acceso gratuito a los trabajadores que presten servicios en establecimientos de salud pública y privada, así como aquellos que se desempeñan en el área de las fuerzas de seguridad.

Que, asimismo, en el artículo 8° se establece la compensación tarifaria a cargo de la Municipalidad de Bahía Blanca por la diferencia entre la tarifa del artículo 1° de esa misma normativa y, en el caso de los pasajeros contemplados en el artículo 7°, la gratuidad de esos boletos…”

 “Que, por su parte y atento que la compensación de los gratuitos corrientes no ha sido contemplada en la norma, y en virtud de haber sido evaluada durante el año 2021 y lo que vamos del 2022 la situación particular que atraviesa el transporte como derivación de la pandemia producto del Covid-19, es que solicitamos muy especialmente que esos pasajes sin costo, también sean reintegrados en el marco de excepción, y teniendo en consideración la contemplación existente en el estudio de costos -por el cual se fija la tarifa actual- de los usuarios que viajan sin abonar el boleto.

Que tal pedido, se realiza en razón de no haberse recuperado aún el caudal de boletos cobrados por empresa en comparación con meses anteriores a la crisis sanitaria, contexto no obstante el cual las compañías de transporte continuaron y continúan prestando el servicio de forma habitual, bajo las condiciones impartidas por la Secretaría Municipal correspondiente, sin alteraciones que afecten el normal desarrollo del sector y cumplimentando con todas las obligaciones salariales a cargo, situación que no se repite en todas las jurisdicciones del país; y teniendo en cuenta también que los costos de la prestación continúan en aumento, como el combustible que ha sido objeto de subas en el último mes, y los repuestos de las unidades y otros materiales de mantenimiento que han incrementado significativamente, teniendo gran incidencia la inestabilidad cambiaria a la que está sujeta la economía nacional desde hace mucho tiempo, amén del cumplimiento de todos los aumentos salariales previstos en los acuerdos celebrados en el marco del CCT UTA.

Como hemos referido en anteriores oportunidades, para las prestatarias locales, percibir el monto correspondiente según los viajes gratuitos realizados de manera mensual, en este caso, durante el mes de marzo, significaría de gran ayuda para poder sostener la estructura de la prestación del servicio en las condiciones actuales.

Es por ello, que solicitamos al Municipio evalúe la posibilidad de compensar nuevamente los gratuitos corrientes transportados, en esta oportunidad respecto a los datos que surgen del mes de marzo 2022 y en relación al precio del pasaje establecido mediante la Ordenanza N°20.549…”

Que el Director General de Movilidad Urbana informa que durante la emergencia sanitaria los pasajes gratuitos corrientes (Discapacidad y Municipales) se compensaban cuando éstos superaban con creces el 13% del total de los viajes, porcentaje que se considera como normal en el estudio de costos. 

Que para el mes de marzo 2022 el concepto anteriormente mencionado es superado solo en un 1%, razón por la cual no se considera necesario el pago de esa diferencia.

Por lo expuesto, se solicita unicamente el pago de las compensaciones al personal considerado esencial (Salud y Seguridad), determinados en la Ordenanza 20.537 Artículo 7° y su modificatoria 20.549.

Que según lo informado por la Secretaría de Economía a fojas 326 respecto de la viabilidad presupuestaria de dar curso a lo requerido la misma expresa: “...no se encuentra contemplada en el presupuesto de gastos del área y deberá ser atendida a partir de ahorros de partidas en la misma jurisdicción...”

Por lo expuesto; y teniendo el dictamen legal elaborado por la Secretaría de Gestión Urbana a fojas 327 y habiendo tomado intervención la Subdirección de Presupuesto y Planificación y del Departamento Contaduría General en lo que respecta a la imputación del gasto; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

R E S U E L V E

ARTICULO 1°) Autorizase al Departamento de Contaduría General a efectuar orden de pago y transferencia bancaria a las empresas prestatarias del servicio público de pasajeros por colectivo de la jurisdicción de Bahía Blanca, según el esquema que a continuación se detalla y por la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO ($5.524.364,00), en concepto de pasajeros gratuitos transportados en el mes de Marzo 2022, correspondiente al personal considerado esencial (fuerza policial y personal de salud); en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.

EMPRESA

CUIT N.º

MONTO – CUOTA

LEMOS Y RODRIGUEZ S.A. (FOURNIER)

30-54634701-6

$2.283.724,00-

BAHÍA TRANSPORTE SAPEM

30-71160347-2

$254.828,00-

TRANSPORTE AUTOMOTOR SAN GABRIEL

30-71234878-6

$2.985.812,00.-

TOTAL

 

$5.524.364,00

 

ARTICULO 2°)- El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 131, Jurisdicción 1110119000, Categoría Programática 01.12.00 – Gasto 5190, del presupuesto de gasto vigente.

ARTICULO 3°) Cúmplase, notifíquese a las empresas de transporte público de colectivo Lemos y Rodríguez S.A, Bahía Transporte SAPEM, Transporte Automotor San Gabriel; tome nota Dirección General de Movilidad Urbana, Subdirección de Presupuesto, Departamento de Contaduría General, dése al RO y ARCHÍVESE.