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Resolución Nº132

Resolución Nº 132

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 10/03/2022

Vista la nota obrante a fs. 1, mediante la cual el Departamento Administración del Personal a fojas 5, informa sobre las ausencias injustificadas de la agente Verónica Idelma BAEZ, legajo N° 14.904, dependiente de la Delegación de Ingeniero White (Oficina N° 116) y; considerando:

Que a fs. 5 dicho Departamento informa que las ausencias de la agente mencionada se dieron durante los días 31/03/21, 08/04/21, 28/06/21 al 30/06/21, 01/07/21, 02/07/21, 12/07/21, 14/07/21, 23/09/21 y 24/09/21, alcanzando un total de once (11).

Que a fojas 6 la Dirección Técnica Jurídica informa: "Que a fs. 5 obra detalle de dichas ausencias, con indicación precisa de los días en que ocurrieron durante el año 2021, las que ascendieron a once -11-, conforme el informe de Personal de fs. 5.

En función de lo expuesto correspondería se dicte Resolución ordenando la instrucción de sumario administrativo, en el que deberán evaluarse los hechos y aplicarse a todo evento las medidas disciplinarias normadas en el art. 69 de la Ordenanza 18.601, hasta la sanción de cesantía prevista en el art. 69 inc. d. 1) de la Ordenanza 18.601.

A tal efecto y previo a la remisión a esta Dirección de Técnica Jurídica del presente Expediente, debería esa Secretaría dictar Resolución. Y a fin de su dictado, se describen los pasos a seguir previamente, a saber: en estos actuados se encontrarían a priori apuntados con precisión el hecho y la agente involucrada, ameritando - dadasu inasistencia injustificada de once días- la instrucción de actuaciones sumariales (sumario), estrictamente necesarias en caso de pertenecer la agente involucrados a la PLANTA PERMANTENTE del municipio.

Por todo lo actuado deberá tener presente el Régimen Disciplinario regulado en el Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales aprobado por Ordenanza 18.601 (arts. 69, 70, 71 y sgtes.).-

Cualquiera sea la situación de planta del agente (Temporario o Permanente), comprendiéndose acreditados los recaudos legales de procedencia del sumario, conrrespondería dictar resolución ordenando su sustanciación, designando para ello a los Dres. Javier Casabone y María Isabel Santiago, quienes podrán desempeñar el cargo de manera conjunta y/o indistinta.

Conforme lo indicado en la "Circular Resoluciuones por Sumarios Administrativos" deberá, previamente a remitirse el expediente administrativo a la Oficina de Sumarios de la Dirección General de Técnica Jurídica, notificarse de dicha resolución de inicio al agente sumariado, siendo la notificación a cargo de la Secretaría que ordena el sumario y de la cual depende el agente. Deberá tenerse presente al efecto lo normado por el artículo 27 del Anexo único del Decreto Reglamentario del la ley 14.656 (Decreto Nº 784/16).-

En función de lo dicho, es requisito necesario previo a la aceptación del cargo por àrte de los instructores sumariantes, que el agente sumariado se encuentre debidamente notificdo de la Resolución que da inicio al sumario. A todo lo demás, me remito a la Circular precedentemente precisada.-"

Que en función de lo expuesto correspondería la instrucción del sumario administrativo, en el que deberán evaluarse los hechos y aplicarse a todo evento las medidas disciplinarias normadas en el artículo N° 69 de la Ordenanza 18.601, hasta la sanción de cesantía prevista en el artículo 69, inciso d. 1) de la Ordenanza 18.601.

Que conforme lo indicado en la “Circular Resoluciones por Sumarios Administrativos” deberá, previamente a remitirse el expediente administrativo a la Oficina de Sumarios de la Dirección General de Técnica Jurídica, notificarse de dicha resolución de inicio al agente sumariado, siendo la notificación a cargo de la Secretaría que ordena el sumario y de la cual depende el agente. Deberá tenerse presente al efecto lo normado por el artículo 27 del Anexo único del Decreto Reglamentario de la ley 14.656 (Decreto N° 784/16).

Por todo lo expuesto; y habiéndose cursado CD 40116410 a la agente Verónica Idelma BAEZ, legajo N° 14.904, intimando a la misma a justificar sus inasistencias; y teniendo en cuenta que la agente no ha dado respuesta a dicho requerimiento; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

R E S U E L V E

ARTICULO 1°): Dispóngase el inicio de una investigación sumarial a la agente Verónica Idelma BAEZ, legajo N° 14.904, por las ausencias sin justificar a la Delegación de Ingeniero White producidas durante los días 31/03/21, 08/04/21, del 28/06/21 al 02/07/21, 12/07/21, 14/07/21, 23/09/21 y 24/09/21, y lo expuesto en los considerandos de la presente resolución, y a los efectos de deslindar responsabilidades, en un todo de acuerdo al Régimen Disciplinario regulado en el Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales aprobado por Ordenanza 18.601 (art. 69 y concordantes).-

ARTICULO 2°): Designase a los Dres. Javier Casabone y María Isabel Santiago como Instructores Sumariantes, quienes podrán desempeñar el cargo de manera conjunta y/o indistinta.

ARTICULO 3°): Cúmplase, notifíquese al referente mediante cedula de Notificación, dese al R.O y gírese a la Dirección General Técnica Jurídica, Oficina de Sumarios.