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Decreto Nº2031/2022

Decreto Nº 2031/2022

Quilmes, 08/06/2022

Visto

el Expediente Nº 4091-4441-D-2022, iniciado por la Secretaría  de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Municipalidad de Quilmes, (G.I.R.S.U.), cuyo objeto es la contratación del servicio de  reparación  de vehículo perteneciente a dicha Secretaría, en el marco del artículo 156 inciso 6º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y

Considerando

Que la Secretaría de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos solicita la contratación del servicio de reparación de vehículo perteneciente a la misma, bajo la modalidad de compra excepcional del artículo

156 inciso 6° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58). Fundamenta tal petición, en virtud de "la urgente necesidad de contar con un óptimo y continuo servicio de recolección domiciliaria dentro del distrito  de Qui/mes (. ..)" y en la misma nota, solicita contratar el servicio del proveedor IVECAM S.A., (cfme. fs.4);

Que luce agregada la Solicitud de Pedido Nº 1504/2022 de fecha 02 de mayo del 2022;

Que obra registro de invitado a cotizar;

Que luce agregado el presupuesto del proveedor;

Que obra Dictamen de la Subsecretaria de Asesoría Letrada de la Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye que no habría objeciones técnico jurídicas para ejecutar la contratación directa solicitada en el marco de la normativa analizada (art. 156, inc. 6º L.O.M y Ordenanza Nº 12.606/16);

Que en nuestro Distrito se encuentra actualmente prorrogada mediante Ordenanza Nº 13.574/2021 (promulgada mediante  Decreto Nº4466/21), la Emergencia Sanitaria y Ambiental declarada en virtud de la Ordenanza Nº 13.318/19;

Que el artículo 2° de la citada Ordenanza autoriza explícitamente al Departamento Ejecutivo a arbitrar los medios  institucionales que tengan como fin la correcta administración y gestión de los recursos materiales y de personal que brinda el Servicio Público de Higiene Urbana en toda la zona de prestaciones durante el plazo que dure la Emergencia, de conformidad con los Artículos 52°, 131° y 232° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias vigentes (L.O.M.);

Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 194 establece que: '11]a Compra Directa es procedente hasta el monto que fija la Ley Orgánica Municipal o para los casos de excepción previstos en la misma (artículos 151 y 156). La autoridad contratante procurará asegurarse por los medios a su alcance, que el precio cotizado sea el más conveniente de plaza a la fecha de la contratación.";

Que el artículo 156 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº6.769/58 y modificatorias vigentes) establece excepciones a las previsiones determinadas respecto a licitaciones y concursos, admitiendo

compras y contrataciones directas en los casos de '1a reparación de motores, máquinas, automotores y aparatos en general." (cfme. inc. 6º del artículo citado);

Que las excepciones establecidas para las licitaciones y concursos de precio en este tipo de adquisiciones, no implica descuidar los detalles de transparencia, seguridad jurídica y responsabilidad que debe imperar en la gestión de los bienes públicos;

Que el artículo 88 del Reglamento Municipal de Compras y Suministros, hace referencia al procedimiento de contratación directa, sin límite de monto, cuando el caso  encuadre dentro de las excepciones  establecidas en el artículo 156 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº6.769/58 y modificatorias vigentes);

Que el artículo 89 del mismo reglamento, establece los requisitos, los cuales se encuentran cumplidos en los presentes;

Que el Reglamento de Contrataciones Compras y Suministros de la Municipalidad de Quilmes, faculta a la Intendenta Municipal para adjudicar

                         o rechazar las contrátaciones efectuadas por el Departamento Ejecutivo;

Que el recurso utilizado será proveniente de la Fuente de Financiamiento 11O (Tesoro Municipal);

Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia; resulta necesario y razonable dictar el presente acto administrativo de adjudicación directa consiste en la contratación del servicio de reparación de vehículo perteneciente a la Secretaría G.I.R.S.U;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 156 inciso 6º de la Ley Orgánica de  las  Municipalidades (Decreto-Ley Nº6.769/58 con modificaciones vigentes), artículo 194 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y los artículos 88 y 89 del Reglamento de Contrataciones Compras y Suministros de la Municipalidad de Quilmes; y

Por todo lo expuesto;

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO 1º: ADJUDÍCASE a la empresa proveedora "IVECAM S.A" CUIT Nº 30-56227129-1 el objeto de la contratación directa consistente en el servicio de reparación de vehículo perteneciente a la Secretaría de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Municipalidad de Quilmes, (G.I.R.S.U.), en el marco del artículo 156 inciso 6° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes), conforme a la Solicitud de Pedido Nº 1504/22, por un monto total de pesos dos millones setecientos veinte mil ($ 2.720.000,00-) IVA incluido, de conformidad a los valores presupuestados. -

ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente gasto se imputará en el Presupuesto de Gastos de la Administración Central 1110184000 en la Subjurisdicción "Secretaría de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Municipalidad de Quilmes, (G.I.R.S.U.), Categoría Programática 01.00.00, Fuente de Financiamiento 11O; correspondiendo a la Partida 3.3.2.0.-

ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrend do por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO   4º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al registro General y ARCHÍVESE.-

 

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

Sr Roberto Ariel Gaudio                                        Lic. María Eva Stolzing Ugarte  

   Secretario de G.I.R.S.U                                                 Secretaria de Hacienda

 Municipalidad de Quilmes                                           Municipalidad de Quilmes                 

DECRETO 2031/2022