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Decreto Nº2029/2022

Decreto Nº 2029/2022

Quilmes, 08/06/2022

Visto

el Expediente Nº 4091-4223-D-2022 iniciado por la Secretaría de Educación de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es la ejecución de la  obra "Construcción de nuevas aulas y ampliación de baños para la Escuela de Educación Secundaria Nº 13", sita en Pampa Nº 4324, de la localidad de Berna1, en el marco del Programa de Emergencia Educativa Edilicia (PEED), Tercera Etapa; y

Considerando

Que el artículo 132 inciso e) del  Decreto-Ley  Nº  6769/58  (LOM), establece que '11]a ejecución de las obras públicas corresponde al Departamento Ejecutivo. En las realizaciones mediante consorcios, convenios y demás modalidades, su intervención será obligatoria. Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo  podrán  ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo podrán contratarse directamente, sin tal requisito, cuando: (... ) inciso e) Se trate de trabajos de urgencia reconocida u obedezcan a circunstancias imprevistas que demandaren una inmediata ejecución.";

Que de  igual  modo,  el  artículo  9  de  la  Ley  Nº  6021 dispone:" Las obras, trabajos, instalaciones_y adquisiciones a que se refieren los artículos 1° y 2°, deberán adjudicarse mediante licitación pública. Quedan exceptuadas de la obligación de este acto y podrán ser adjudicadas mediante licitación privada, concurso de precios o ejecutadas por administración de acuerdo con las normas que establezca la reglamentación en los siguientes casos: '11] inc. d) Cuando los trabajos de urgencia reconocida o circunstancias imprevistas demandaren una inmediata ejecución".;

Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente 4091-11690-S-2021, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.572/2021, en la cual declara la Emergencia en Materia de Infraestructura Escolar y de Asociaciones Civiles, comprendidas en la Ordenanza Nº 13.416/2021, como también de Entidades con Reconocimiento Municipal, respecto de los establecimientos y sedes que se ubiquen en el ámbito  del Partido de Quilmes, por el plazo de 365 días corridos contados a partir de la fecha de promulgación de la misma;

Que la mencionada Ordenanza, establece  en  su  Artículo  2º que "se entiende por Infraestructura a los fines del Artículo 1 º, al conjunto de obras y servicios básicos que se consideran necesarios para asegurar el pleno y adecuado funcionamiento de los mismos, y que posibiliten el cumplimiento  de sus fines.";

Que en tanto, en su artículo 3°, establece los objetivos de la referida Ordenanza, siendo los mismos:" a.) Restablecer la seguridad y las condiciones de habitabilidad de los edificios de las sedes donde se desarrollan las actividades para el normal desarrollo de sus actividades por parte del alumnado, público asistente, docentes y personal auxiliar. b.) Facilitar el suministro de los servicios básicos de electricidad, conectividad, gas, agua y sanitarios a dichos establecimientos. c.) Satisfacer la demanda  de escolarización, mediante la construcción de nuevas aulas en establecimientos existentes. d.) Coadyuvar y/o realizar las refacciones y modificaciones 

necesarias en los espacios e instalaciones de las instituciones y entidades comprendidas;

Que la excepción legal, aplicable al caso, no deja por ello de atender los detalles de transparencia, seguridad jurídica y responsabilidad que debe imperar en la gestión de los bienes públicos;

Que el recurso utilizado será proveniente de la Fuente de Financiamiento 132 (Origen Provincial);

Que en autos obran las Solicitudes  de Pedido Nº 1442/2022, la solicitud de gastos, las especificaciones técnicas generales para la ejecución del proyecto, la memoria técnica, el Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales y Particulares y el Acta Complementaria Nº 61 suscripta entre la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Quilmes;

Que   se   han   invitado   a   cotizar   a   tres    (3) proveedores, haciéndose la correspondiente comparativa de ofertas entre BUILDING CO S.R.L. y CM CONSTRUCCIONES S.A., quienes presentaron sus presupuestos;

Que respecto del precio publicado por la empresa proveedora BUILDING CO S.R.L., teniendo en consideración  las características del servicio y las condiciones comerciales ofrecidas, resultaría, el valor corriente en plaza más conveniente en el mercado;

Que obra nota del secretario del área aceptando la diferencia de precio y asimismo se agrega la solicitud modificatoria del gasto;

Que en los actuados obra el Dictamen de la Subsecretaria de Asesoría Letrada de la Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye en que no se encuentran objeciones jurídicas para ejecutar en la contratación directa en cuestión, entendiendo viable la aplicación del art. 132 inc. e) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el artículo 9 inciso d) de la Ley Provincial Nº 6021 y la Ordenanza Nº 13.572;

Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, resulta necesario y razonable efectuar el presente acto administrativo de adjudicación directa consistente en la ejecución de la obra "Construcción de nuevas aulas y ampliación  de baños para la Escuela de Educación Secundaria Nº 13", sita en Pampa Nº 4324, de la localidad de Bernal, en el marco del Programa de Emergencia Educativa Edilicia (PEED), Tercera Etapa;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107, 132 inciso e) de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº6.769/58 con modificaciones vigentes), artículo 185 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el artículo 9 inc. d) de la Ley Provincial Nº 6021 y Ordenanza Nº 13.572; y

Por todo lo expuesto;

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO  1º:  ADJUDÍCASE  al proveedor  "BUILDING  CO  S.R.L."  CUIT Nº 30-70896988-1, el objeto de la contratación directa consistente  en la ejecución de la obra "Construcción de nuevas aulas y ampliación de baños para la Escuela 

de Educación Secundaria Nº 13", sita en Pampa Nº 4324, de la localidad de Berna!, partido de Quilmes, en el marco del Programa de Emergencia Educativa Edilicia (PEED), Tercera Etapa, de acuerdo a la Solicitud de Pedido Nº 1442/2022, por un monto total de pesos treinta y seis millones  cuatrocientos doce mil seiscientos treinta y cinco con seis centavos ($ 36.412.635,06) IVA incluido, de conformidad a los valores cotizados.-

ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente gasto se imputará en el Presupuesto de Gastos de la Administración Central 111.00.00.000 Departamento Ejecutivo 111.01.85.000 en la Subjurisdicción "Secretaría de Educación", Categoría Programática 50.61.00, Fuente de Financiamiento 132; correspondiendo a la Partida 5.1.5.0.-

ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al registro  General y ARCHÍVESE.-

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

  Lic. Joaquín Pablo Desmery                                           Lic. María Eva Stolzing Ugarte                                      

 Secretario de Educación                                                         Secretaria de Hacienda                        

 Municipalidad de Quilmes                                                       Municipalidad de Quilmes

  DECRETO 2029/2022