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Decreto Nº1964/2022

Decreto Nº 1964/2022

Quilmes, 06/06/2022

Visto

el   Expediente   N.0      4091-11495-S-2021  alcance   5,  iniciado   por   la Secretaría de Niñez y Desarrollo Social de la Municipalidad de Quilmes cuyo objeto es convalidar la Rescisión de Común Acuerdo del Contrato de Locación de Servicios celebrado con la locadora la Sra. Sauceda, Melisa Daiana y la Municipalidad de Quilmes, registrado bajo N.º 0377/2022 respecto del contrato de locación de servicios registrado bajo N.º 1144/2021; y

Considerando

Que obra el contrato de locación de servicios celebrado entre la Municipalidad de Quilmes y la Sra. Sauceda, Melisa Daiana, registrado bajo N.º 1144/2021;

 

 

 

 

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Que mediante Decreto N.º 4556/21 de fecha 30 de diciembre de 2021 se convalidó el contrato de locación de servicios a nombre de la Sra. Sauceda, Melisa Daiana quien cumplía funciones como Equipo Profesional lnterdisciplinario para el AF - EPI del programa "Redes  y  Cuidados Comunitarios 2", convenio N.º 0880/21, para el periodo comprendido entre los meses diciembre de 2021 y noviembre de 2022;

Que la Sra. Sauceda ha manifestado su voluntad de rescindir dicho contrato a partir del día 31 de marzo del 2022;

Que obra Dictamen favorable de la Subsecretaría de Asesoría Letrada que concluye que no hay objeciones jurídicas;

Que se ha celebrado el correspondiente contrato de rescisión de común acuerdo, del Contrato de Locación de Servicios en cuestión habiéndose registrado el mismo bajo el Nº 0377 con fecha 20 de mayo de 2022;

Que dicha rescisión ha extinguido las obligaciones que pesaban sobre las partes respecto de las prestaciones del servicio que  no fueron realizadas durante los meses desde abril 2022 a noviembre 2022;

Que el precio de los ocho períodos mensuales restantes por la suma de pesos trescientos diecinueve mil seiscientos ochenta ($319.680,00) deberá desafectarse del registro de compromiso tomado por la Contaduría Municipal;

 

Que, el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y

Por todo lo expuesto;

 

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO : CONVALÍDASE el contrato de Rescisión de Común Acuerdo suscripto entre la Municipalidad de Quilmes en carácter de locataria y la Sra. Sauceda, Melisa Daiana, D.N.I. N.º 37.607.312 en calidad de locadora, registrado  bajo  N.0    0377/2022  respecto  del  contrato  de  locación  de  servicios suscripto entre las mismas partes, que fuera registrado bajo N.º 1144/2021.-

ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que la Contaduría Municipal deberá efectuar la correspondiente desafectación del registro de compromiso por la  suma  de pesos trescientos diecinueve mil seiscientos ochenta ($319.680,00) en virtud de los ocho meses que no prestó servicios, a razón de pesos treinta y nueve mH novecientos sesenta ($39.960,00) por cada una de ellas, comprendido entre los meses abril a noviembre de 2022, por los motivos expuestos en los considerandos. -

ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4º:COMUNIQUESE a quienes corresponda dese al Registro General y ARCHIVESE.-

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

                Florencia Di Tullio                            Lic. María Eva Stolzing Ugarte

                  Secretaria de Niñez                                Secretaria de Hacienda                                                                                                     

                    Y Desarrollo social                              Municipalidad de Quilmes

               Municipalidad de Quilmes

DECRETO 1964/2022