Boletines/Quilmes
Decreto Nº 1947/2022
Quilmes, 03/06/2022
Visto
la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes), la Ley Nº 10.579, la Ordenanza Nº 13571 promulgada por Decreto Nº 4463/21, el EX-2022-2055784-GDEBA-DPNCMTGP, el Decreto Nº 922/22 y el EX-2022-86372-QUI-CGADPER#JDG; y
Considerando
Que por Decreto Nº 922/22, el Municipio de Quilmes adhiere al acuerdo paritario realizado entre el Ministerio de Educación y las Entidades Gremiales Nacionales en el que se establece nuevas pautas salariales para el personal docente de EMBA y Jardines Municipales - el EX-2022-2055784- GDEBA-DPNCMTGP, a partir del mes de marzo de 2022;
Que la Secretaría de Educación, solicita se arbitren los medios necesarios para dar efectivo cumplimiento al mencionado acuerdo paritario para el personal docente de Escuela Municipal de Bellas Artes (EMBA) y Jardines Municipales, para los meses de mayo a diciembre de 2022;
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Que por la Ordenanza Nº 13571, el Decreto Nº 4463/21, se ha sancionado y promulgado el presupuesto. de gastos y recursos correspondientes al ejercicio 2022;
Que a fin de cumplimentar con lo dispuesto en el acuerdo paritario, se hace necesario dictar el presente acto administrativo para los meses de mayo a diciembre de 2022;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: AMPLÍASE lo establecido en el Decreto Nº 922/22, sobre la política salarial definida para el personal docente de la Ley Nº 10.579, adjuntando las grillas salariales que regirá para los meses de mayo a diciembre de 2022, según lo dispuesto en los Anexos 1, 11 y 111 que forman parte del presente, para el personal docente que se desempeña en la Escuela Municipal de Bellas Artes y en los Jardines Municipales.-
ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que la Secretaría de Hacienda efectuará las adecuaciones presupuestarias correspondientes para atender las erogaciones que demande el cumplimiento del presente decreto.-
ARTÍCULO 3°: El presente será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete y el Sr. Secretario de Educación.-ARTÍCULO 4°: COMUNÍQUESE a quien corresponda, dese al Registro General y ARCHIVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
DECRETO 1947/2022