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Decreto Nº1915/2022

Decreto Nº 1915/2022

Quilmes, 02/06/2022

Visto

el Expediente Nº 4091-4428-D-2022, iniciado por el Secretario de Educación de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es solicitar la  adquisición de los módulos alimentarios a fin de continuar con el Servicio Alimentario Escolar (SAE) correspondiente a los meses mayo y junio de 2022, en el marco de las Ordenanza 13.574/2021 que prorroga la Emergencia Ambiental y Sanitaria, de la Ordenanza Nº 13.557/2021 que prorroga la Emergencia Alimentaria y del artículo 156 inciso 1O de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y

 

Considerando

Que por expediente referenciado en el visto, la Secretaría de Educación, efectúa la descripción de los alimentos a adquirir mediante el mecanismo de la compra directa a razón de la emergencia alimentaria nacional, la que fue dispuesta por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 108/2002,

                         prorrogada a través de la Ley 27.519 hasta el día 31 de diciembre del año 2022;

Que asimismo, el Honorable Concejo Deliberante  de Quilmes, sancionó la Ordenanza Nº 13.557/2021 que prorroga por el plazo de ciento ochenta (180) días corridos contados a partir del 1O de diciembre del 2021, la Emergencia Alimentaria declarada por Ordenanza Nº 13.249/2019. Dicha norma en su artículo 2°, autoriza expresamente al  Departamento ejecutivo Comunal a arbitrar los medios institucionales y públicos  necesarios con el fin de reasignar partidas presupuestarias distritales y contratar en forma directa de manera excepcional, estableciendo prioridad en la adquisición de productos alimenticios especialmente aquellos tendientes a.. .d) Servicio Alimentario Escolar (SAE) ...;

Que mediante Decreto Municipal Nº 470/2020 y sus respectivas prórrogas, el Municipio adhirió a lo establecido por el ONU Nº 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, creando un Comité de Emergencia en virtud de la Pandemia COVID-19;

Que, por Decreto Nº 3.600/2019 de fecha  30 de diciembre del 2019, se promulgó la Ordenanza Nº 13.318/19 mediante  la cual se declaró la Emergencia Ambiental y Sanitaria en el ámbito del partido de Quilmes, prorrogada mediante Ordenanza Nº 13.574/2021, promulgada  mediante Decreto Nº 4466/2021 ;

Que                                          obra                                         nota NºNO-2022-11782215-GDEBA-DCPMYSDGCYE, informando a los consejeros Escolares, a los entes ejecutores Municipales, a las Jefaturas de Inspección Regional Gestión Estatal N°1 a 25 y a las Jefaturas Distritales, los nuevos valores vigentes a partir de mayo para los módulos alimentarios y prestaciones presenciales;

Que deviene necesario adquirir los módulos alimentarios de emergencia a fin de realizar la distribución de alimentos durante los meses de mayo y junio de 2022, en las diversas zonas a las que pertenece cada establecimiento educativo;

Que sin perjuicio de ello, el Decreto-Ley 6.769/58 establece en su artículo 156 excepciones a las previsiones establecidas respecto a licitaciones y concursos de precios, admitiendo compras y contrataciones directas en los casos de "(... ) adquisiciones de bienes de valor corriente en 

plaza en /as condiciones comerciales de oferta más conveniente en el mercado, cualquiera sea su monto. Será responsabilidad del secretario del ramo y del contador municipal comprobar y certificar que la operación se encuadra en el nivel de precios y en /as condiciones habituales del mercado" (cfme. inc. 1Oº del artículo citado);

Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 194 establece que: "/a Compra Directa es procedente hasta el monto que fija la Ley Orgánica Municipal o para /os casos de excepción previstos en la misma (artículos 151 y 156). La autoridad contratante procurará asegurarse por

/os medios a su alcance, que el precio cotizado sea el más conveniente de  plaza a la fecha de la contratación.";

Que el artículo· 88 del Reglamento Municipal de Compras y Suministros de la Municipalidad de Quilmes hace referencia al procedimiento de contratación directa, sin límite de monto, cuando el caso encuadre dentro de las excepciones establecidas en el artículo 156 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

                                        Que la excepción legal, aplicable al caso, no deja por ello de atender los detalles de transparencia, seguridad jurídica y responsabilidad que

debe imperar en la gestión de los bienes públicos;

Que en las actuaciones obran la Solicitud de Pedido N°1498/2022, la solicitud de gastos, el Registro de Invitados a Cotizar Nº 1386/2022, las fichas de los respectivos proveedores y el listado con los diferentes establecimientos educativos con las zonas a las que pertenecen;

Que en autos luce agregado el Dictamen de la Subsecretaria de Asesoría Letrada de la Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye que no se encuentran objeciones jurídicas para ejecutar la contratación directa en el marco de las Emergencias Alimentaria y Sanitaria citada precedentemente, en tanto y en cuanto se cumpla con lo normado por el artículo 156, inciso 10° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (oto. Ley Nº6769/58);

Que obra nota suscripta por el Sr. Secretario de Educación y la Sra. Contadora Municipal, en donde se manifiesta que los valores presentados, resultan ser un valor razonable para los alimentos adquiridos en el marco de la emergencia sanitaria y alimentaria y que se adaptan a los precios y condiciones habituales del mercado, considerándose cumplimentado los requisitos normativos dispuestos por el artículo 156, inc. 1O de la LOM;

Que atento la emergencia y necesidad alimentaria, resulta urgente, necesario y razonable dictar el presente acto administrativo de adjudicación directa de alimentos para ser distribuidos durante los meses de mayo y junio 2022, en las escuelas del distrito de Quilmes, en el marco del Servicio Alimentario Escolar (SAE);

Que el recurso utilizado será el proveniente de la Fuente de Financiamiento 132 (Origen Provincial);

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 156 inciso 1O de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con  modificaciones  vigentes), artículo 185 y 194 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y los artículos 86, 88 y 89 del Reglamento de Contrataciones, Compras y Suministros de la Municipalidad de Quilmes; y

Por todo lo expuesto;

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO 1º: ADJUDÍCASE el objeto de la Contratación Directa consistente en la adquisición de módulos alimentarios correspondientes al Servicio Alimentario Escolar (SAE) correspondiente a los meses mayo y junio de 2022, a la empresa proveedora "PRADAN S.A" CUIT N°30-71151527-1, por un monto total de pesos treinta millones trescientos diez mil ($ 30.310.000,00.-) IVA incluido, correspondiente a los ítems 1O,11,22 y 24; "COOPERATIVA DE TRABAJO  DESPIERTA  VOCES  LIMITADA"  CUIT Nº 30-71124886-9, por un

monto total de pesos dieciséis millones cuarenta y cinco mil quinientos cuatro ($ 16.045.504,00.-) IVA incluido, correspondiente a los ítems 12,17,25 y 40 ; "CRISPAN S.A" CUIT Nº 30-71609551-3 por un monto total de pesos seis millones setecientos sesenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta ($ 6.765.440,00), IVA incluido, correspondiente a los ítems 21 y 35; " NORI MAURICIO CARLOS" CUIT 20-18223123-2, por un monto total de pesos diecinueve millones veintitrés mil novecientos cincuenta y tres con 60/100 ($ 19.023.953,60) IVA incluido, correspondiente a los ítems 13,27 y 29 "LOGISTICA  GASTRONOMICA  ESCOLAR  S.R.L"  CUIT  Nº 30-71403110-0,

por un monto total de pesos veinte millones setecientos veintiséis mil novecientos doce ($ 20.726.912,00) IVA incluido,  correspondiente a los ítems 26 y 37; "REAL DE CATORCES.A" CUIT Nº 30-71229194-6, por un monto

total de pesos cincuenta y dos millones novecientos setenta y siete mil doscientos ochenta ($ 52.977.280,00), IVA incluido, correspondiente a los ítems 23,28,36 y 38; "TUX S.A" CUIT Nº 30-71434715-9, por un monto total de pesos veinticinco  millones  seiscientos  cincuenta   y   nueve   mil  cuarenta   y   ocho ($ 25.659.048,00) IVA incluido, correspondiente a los ítems 30 y 39 ; "GUZZO PUNTA JOAQUÍN" CUIT Nº 20-36754225-0, por un monto total de pesos trece millones cuatrocientos treinta mil ochocientos noventa y seis($ 13.430.896,00.-) IVA incluido, correspondiente a los ítems 14 y 31; "DOLCE & SALATO S.A" CUIT 30-71436382-0 por un monto total de pesos cuarenta y nueve millones novecientos noventa y tres mil novecientos veintiocho ($ 49.993.928,00) IVA incluido, correspondiente a los ítems 15,16,18,32,33 y 34; "DESARROLLO ESTRATÉGICO COMERCIAL S.A" CUIT 30-70754177-2 por un monto total de

pesos ciento veinticinco millones noventa y ocho mil ciento sesenta con 00/100($ 125.098.160) IVA incluido, correspondiente a los ítems 4,8,9,19 y 20 ; "BORGIO MARTIN LEONEL" CUIT 20-26023676-9 por un monto total  de pesos cuarenta y cuatro millones ciento un mil setecientos sesenta ($ 44.101.760,00) IVA incluido, correspondiente a los ítems 2 y 6 ; "FORMOSA CLAUDIO ANTONIO" CUIT 20-17348274-5 por un monto total de pesos veinticinco millones quinientos ochenta y cinco mil ciento doce  ($ 25.585.112,00) IVA incluido, correspondiente a los ítems 1,3.5 y 7 de acuerdo a la Solicitud de Pedido Nº 1498/2022 efectuada por la Secretaría de Educación de la Municipalidad de Quilmes, todo ello de conformidad con lo actuado y por resultar dichas ofertas las más conveniente en el mercado.-

ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente gasto se imputará en el Presupuesto de gastos de la Administración Central - Departamento Ejecutivo 1110185000 Secretaría de Educación, Categoría programática 58.01.00, 58.02.00, 58.03.00, 58.04.00, 58.05.00, 58.06.00, 58.07.00, 58.08.00, 58.09.00,

58.10.00, 58.11.00, 58.12.00, 58.13.00, 58.14.00, 58.15.00, 58.16.00, 58.17.00,

58.22.00,  58.23.00,  58.24.00,  58.25.00,  Fuente  de  Financiamiento 132, en la

Partida 5.1.5.0.-

ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dese al registro General y ARCHÍVESE.-

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

 

  Lic. Joaquín Pablo Desmery                                           Lic. María Eva Stolzing Ugarte                                      

 Secretario de Educación                                                         Secretaria de Hacienda                        

 Municipalidad de Quilmes                                                       Municipalidad de Quilmes

  DECRETO 1915/2022