Boletines/Bragado

Decreto Nº683

Decreto Nº 683

Bragado, 23/05/2022

Visto

VISTO: La nota presentada por el Director de Relaciones Institucionales de la Municipalidad de Bragado, en la que solicita se expida esta Dirección respecto de la documentación presentada por los integrantes de la Comisión Directiva de la Sociedad de Fomento del Barrio San Luis de esta ciudad; y

Considerando

CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Nº 569/87 y sus modificatorias establecen el marco normativo aplicable a las Sociedades de Fomento del Partido de Bragado; Que, conforme la norma citada, las Comisiones de Fomento deben solicitar el reconocimiento oficial de su comisión directiva ante la Municipalidad a los fines de funcionar como tales cada vez que hay recambio de las autoridades de la institución; Que, las Sociedades de Fomento cumplen un rol de importancia en las comunidades en que se desempeñan, en razón de que su fin primordial es fomentar las acciones tendientes a mejorar la calidad de vida de todos los vecinos del barrio, promoviendo la buena convivencia entre ellos; Que, la actual gestión de gobierno busca favorecer la participación ciudadana a través de las instituciones barriales y sociales, y erigirlas como pilares fundamentales en el desarrollo social de la comunidad bragadense; Que, a fin de evitar la acefalía en las Comisiones de Fomento, la Municipalidad a través de la Dirección de Relaciones Institucionales, en su carácter de autoridad de aplicación, convocó a elecciones para integrar la Comisión Directiva y Revisora de Cuentas en el Barrio San Luis; Que, la fecha establecida para la presentación de las listas venció el día 13 de mayo de 2022, en la que solo se presentó una única lista; Que, asimismo ha vencido el plazo para la presentación de impugnaciones a la lista o al padrón presentados, sin que haya habido ninguna objeción al respecto; Que, carece de todo sustento esperar a la realización del acto eleccionario a raíz de existir una única lista, la cual, a partir del vencimiento del mandato de la actual comisión, asumirá inmediatamente y sin objeciones las funciones para las cuales se han presentado;  Que, en virtud de no existir ninguna oposición a la lista presentada para el comicio, y habiendo ésta dado cumplimiento con la documentación requerida por la Ordenanza Nº 569/87 y sus modificatorias, corresponde pronunciarse en favor de su reconocimiento como nuevas autoridades de la Comisión de Fomento del Barrio San Luis mediante el dictado del acto administrativo pertinente, por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA 

ARTICULO 1º.- RECONOCER OFICIALMENTE a las autoridades de la Comisión Directiva y Revisora de Cuentas de la Sociedad de Fomento del Barrio San Luis de la  ciudad de Bragado, en los términos de la Ordenanza Nº 569/87 y sus modificatorias, la cual quedará integrada de la siguiente manera:

CARGO

APELLIDO Y NOMBRE

D.N.I. Nº

PRESIDENTE

ROMERO, SILVIA E.

25.936.501

VICEPRESIDENTE

BURGA, MARCELA

23.999.895

SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN

ZUCCOLI, RODOLFO

24.181.989

PROSECRETARIO

LARREA, LILIANA

11.970.497

TESORERO

ROMERO, VANINA

27.101.110

PROTESORERO

MARQUEZ, ROBERTO

24.652.751

VOCALES TITULARES

 

 

TORRES, DANIEL

17.523.667

ENRIQUE, ALICIA

13.055.499

SALTO, ANGÉLICA

17.241.748

GERACI, MARÍA

10.547.557

VOCALES SUPLENTES

 

 

COLASO, SANTIAGO

38.553.037

ARAUJO, WALTER

17.241.800

BURGA, PEDRO

27.849.895

REVISORES de CUENTAS TITULARES

 

 

ARAUJO, MARCELO

38.553.312

FERNÁNDEZ, MARTA

  6.027.000

 

 

REVISOR de CUENTAS SUPLENTE

 

 

ROMERO, JUAN

  8.103.150

ILUNDAIN, MARIEL

42.057.924

ARTICULO 2º.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno. H.V.GATICA. M. TOMASINO. ARTICULO 3º.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.