Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº81

Resolución Nº 81

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 15/02/2022

Visto lo solicitado a fs 1, por la Subsecretaría de Mantenimiento, junto al Secretario de Gestión Urbana, en relación al otorgamiento de  “Adicional Función Chófer de Camión” y “Bonificación Chofer Máquina Vial” correspondiente a varios agentes pertenecientes a las Delegaciones municipales, en el marco de los Decretos 520/2003, 106/2017, 772/1999 y 2837/2013; y considerando lo informado por la Subsecretaría de Capital Humano a fs. 2 y 3 y la imputación realizada por la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fs. 3 vta, la INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA en uso de sus facultades,
                                                              R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Otorgar el “Adicional Función Chófer de Camión” al agente JURADO Jorge Raúl, legajo N° 15.504, abonándose la diferencia entre su categoría 06/5A y la 06/4, dependiente de la Delegación Sesquicentenario (oficina Nº 109), correspondiente al grado de revista y jornada horaria habitual desempeñada por dicho agente, según lo estipula el Decreto N° 520/03 y sus modificatorias Decreto Nº 2837/2013 y Decreto Nº 106/2017, a partir del 1º de enero de 2022 y mientras desempeñe la función Chofer de camión.-
ARTÍCULO 2º: Otorgar el “Adicional Función Chófer de Camión” al agente MORENO José Luis, legajo N° 13.843, abonándose la diferencia entre su categoría 06/4A y la 06/3, dependiente de la Delegación Villa Rosas (oficina Nº 118), correspondiente al grado de revista y jornada horaria habitual desempeñada por dicho agente, según lo estipula el Decreto N° 520/03 y sus modificatorias Decreto Nº 2837/2013 y Decreto Nº 106/2017, a partir del 1º de enero de 2022 y mientras desempeñe la función Chofer de camión.-
ARTÍCULO 3º: Otorgar el “Adicional Función Chófer de Camión” al agente PERTICARINI Emiliano Nicolás, legajo N° 15.762, abonándose la diferencia entre su categoría 06/5A y la 06/4, dependiente de la Delegación Norte (oficina Nº 123), correspondiente al grado de revista y jornada horaria habitual desempeñada por dicho agente, según lo estipula el Decreto N° 520/03 y sus modificatorias Decreto Nº 2837/2013 y Decreto Nº 106/2017, a partir del 1º de enero de 2022 y mientras desempeñe la función Chofer de camión.-
ARTÍCULO 4º: Otorgar el “Adicional Función Chófer de Camión” al agente CAJES Martín Sebastián, legajo N° 14.649, abonándose la diferencia entre su categoría 06/6C y la 06/5, dependiente de la Delegación Cerri (oficina Nº 115), correspondiente al grado de revista y jornada horaria habitual desempeñada por dicho agente, según lo estipula el Decreto N° 520/03 y sus modificatorias Decreto Nº 2837/2013 y Decreto Nº 106/2017, a partir del 1º de enero de 2022 y mientras desempeñe la función Chofer de camión.-
ARTÍCULO 5º: Otorgar el “Adicional Función Chófer de Camión” al agente MATEO Jorge Omar, legajo N° 14.647, abonándose la diferencia entre su categoría 06/5A y la 06/4, dependiente de la Delegación General Cerri (oficina Nº 115), correspondiente al grado de revista y jornada horaria habitual desempeñada por dicho agente, según lo estipula el Decreto N° 520/03 y sus modificatorias Decreto Nº 2837/2013 y Decreto Nº 106/2017, a partir del 1º de enero de 2022 y mientras desempeñe la función Chofer de camión.-
ARTÍCULO 6º: Otorgar el “Adicional Función Chófer de Camión” al agente LARA Miguel  Ángel, legajo N° 14.607, abonándose la diferencia entre su categoría 06/5A y la 06/4, dependiente de la Delegación Las Villas (oficina Nº 117), correspondiente al grado de revista y jornada horaria habitual desempeñada por dicho agente, según lo estipula el Decreto N° 520/03 y sus modificatorias Decreto Nº 2837/2013 y Decreto Nº 106/2017, a partir del 1º de enero de 2022 y mientras desempeñe la función Chofer de camión.-
ARTÍCULO 7º: Otorgar el “Adicional Función Chófer de Camión” al agente CHANDIA Jaime Cesar, legajo N° 14.552, abonándose la diferencia entre su categoría 06/5A y la 06/4, dependiente de la Delegación Cabildo (oficina Nº 114), correspondiente al grado de revista y jornada horaria habitual desempeñada por dicho agente, según lo estipula el Decreto N° 520/03 y sus modificatorias Decreto Nº 2837/2013 y Decreto Nº 106/2017, a partir del 1º de enero de 2022 y mientras desempeñe la función Chofer de camión.-
ARTÍCULO 8º: Otorgar la “Bonificación Chofer Máquina Vial” al agente GIMÉNEZ Héctor Martín, legajo N° 14.239, abonándose la diferencia entre su categoría 06/5A y la 06/2, dependiente de la Delegación Sesquicentenario (oficina Nº 109), correspondiente al grado de revista y jornada horaria habitual desempeñada por dicho agente, según Decreto N° 772/1999 y su modificatoria 2837/2013, a partir del 1º de enero de 2022 y mientras desempeñe la función encomendada.-
ARTÍCULO 9°: Todo agente que en forma transitoria deba reemplazar, a quién perciba esta compensación en ausencia del titular, tendrá derecho a percibir en forma proporcional a los días efectivamente trabajados por compensación por “Adicional por Función”.-
ARTICULO 10°: Déjase constancia que los agentes beneficiados por tal compensación no percibirán la misma si se encuentran ausentes del servicio, aun cuando la ausencia se deba a alguna de las licencias previstas en el Convenio Colectivo de Trabajo, excepto el descanso anual y Accidente de Trabajo.
ARTÍCULO 11°: El gasto que demande lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Partida Fuente 110, Jurisdicción 1110119000, Cat. Prog. 01.01.00, Gasto 1.1.3.3, del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 12º: Cúmplase, notifíquese, tome nota Departamento de Administración de Personal, Subdirección de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto y Contaduría General, Delegación Sesquicentenario, Delegación Villa Rosas, Delegación Norte, General Cerri, Delegación Las Villas, Delegación Cabildo; dése al R.O. y ARCHIVESE.