Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 18
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 07/01/2022
Visto la nota presentada a fs. 1, por la Sra. Edith Cristina PITSCH, D.N.I. Nº 23.130.654, Legajo Nº 13.931, Directora Adjunta de Ordenamiento Forestal Urbano (oficina n°419) dependiente de la Secretaría de Gestión Urbana (oficina n°636), mediante la cual se solicita el reconocimiento de años de servicios prestados para la Universidad Nacional de Misiones – Facultad de Ciencias Forestales; y considerando:
Que a fs. 5 el Departamento Administración de Personal informa que el tiempo total a reconocer asciende a CUATRO (4) AÑOS Y CINCO (5) MESES, por los servicios prestados para la Universidad Nacional de Misiones entre el 01/10/2015 y el 29/02/2020.
Que correspondería el pago del beneficio solicitado aplicando el 3% sobre el sueldo básico por el total de los servicios desempeñados, esto en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014.
Que dicho reconocimiento deberá hacerse efectivo a partir del 01 de noviembre de 2021 fecha de entrada de la solicitud en el Departamento de Administración del Personal y sería sólo a efectos de la percepción en concepto de Bonificación por Antigüedad y usufructo de Licencia Anual Ordinaria.
Que en un todo de acuerdo a lo informado por el Departamento de Administración del Personal a fojas 5 y atento la imputación realizada por el Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fojas 5 vta., el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º) Reconocer a la Sra. Edith Cristina PITSCH, D.N.I Nº 23.130.654, Legajo Nº 13.931, Directora Adjunta de Ordenamiento Forestal Urbano dependiente de la Secretaria de Gestión Urbana, los servicios prestados en la Universidad Nacional de Misiones – Facultad de Ciencias Forestales, durante CUATRO (4) AÑOS, CINCO (5) MESES, en concepto de Bonificación por Antigüedad, a partir del 1 de noviembre de 2021, fecha en la cual presentó la documentación, el pago de dicha Bonificación será aplicado al 3% sobre su sueldo básico y por el total de los servicios, esto en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014.-
ARTÍCULO 2º) El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110119000, Cat.Prog 01.01.00, Gasto 1.1.3.1.-
ARTÍCULO 3º) Cúmplase, notifíquese, tome conocimiento el Departamento Administración del Personal, Subsecretaria de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, dése al R.O y ARCHÍVESE.