Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1620
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 08/04/2022
Vistas las presentes actuaciones, atento lo solicitado a fojas 33 por la agente HERMOSILLA CELIA CARINA, Legajo Nº 14.677, dependiente del Departamento Recaudación, y;
CONSIDERANDO
Que, a fojas 23 obra Resolución N° 2111/2021, mediante la cual se reconoce a la agente HERMOSILLA CELIA CARINA, Legajo Nº 14.677, dependiente del Departamento Recaudación, los servicios desempeñados como becaria en la Municipalidad de Bahía Blanca, durante dos (2) años, y nueve (9) meses y siete (7) días, en concepto de Bonificación por Antigüedad y del usufructo de Licencia Anual Ordinaria, a partir del 24 de noviembre de 2020;
Que, a fojas 33, la agente citada precedentemenete, solicita se le reconozcan las diferencias salariales en concepto de Bonificación por Antigüedad de dos años computados a partir del momento de interposición del reclamo (24/11/2020);
Que, a fojas 40, la Subsecretaria de capital Humano sugiere reconocer a la Agente HERMOSILLA CELIA CARINA, Legajo Nº 14.677, el pago de las diferencias de la Bonificación por antigüedad desde el 08 de Febrero de 2020 y hasta el 23 de Noviembre de 2020, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 2562 Inciso c) del Código Civil y Comercial conforme criterio del Honorable Tribunal de Cuentas.
Que, el Departamento Administración de Personal, informa a fojas 41 que el reconocimiento de las diferencias salariales en concepto de bonificación por antigüedad de dos años, se computará a partir del día de interposición del reclamo pertinente, siendo el 08 de Febrero de 2022, considerando que en el periodo comprendido entre el 08 de Febrero de 2020 y el 23 de Noviembre de 2020 el monto correspondiente a la erogación del gasto asciende a la suma de cuatro mil ciento ochenta y cuatro con cincuenta y dos centavos ($4.184,52) y el monto a liquidar a favor del agente asciende a la suma de pesos dos mil novecientos dos con cuarenta y cinco centavos ($2.902,45) y a fojas 42 adjunta el detalle de la liquidación pertinente;
Que, el Departamento de Contaduría informa a fojas 45 que el gasto mencionado en la presente no se encuentra contemplado en el ejercicio económico 2020, por lo cual no está incluido en la Deuda Flotante y su imputación correspondería, en su año de origen, a la Partida 1131, Categoría Programática 01.01.00, Fuente de Financiamiento 110, Jurisdicción 1110103000;
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1: Hacer lugar a la solicitud de la agente HERMOSILLA CELIA CARINA, Legajo Nº 14.677, dependiente del Departamento Recaudación, reconociendo las diferencias salariales en concepto de Bonificación por Antigüedad, desde el 08 de Febrero de 2020 y hasta el 23 de Noviembre de 2020, en un todo de acuerdo al Articulo Nº 2562 inc c) del Código Civil y Comercial.-
ARTÍCULO 2°: Hacer saber a la recurrente que el cumplimiento de lo dispuesto en el ARTÍCULO 1º, respecto a los ejercicios vencidos, se encuentra sujeto a la autorización del Honorable Concejo Deliberante, conforme al Articulo Nº 140 del Reglamento de Contabilidad y Nº 54 del Decreto Nº 2980.-
ARTÍCULO 3: El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110103000, Categoría Programática 01.01.00, Gasto 1131.-
ARTÍCULO 4: Cumplir, notificar, tomar conocimiento el Departamento Administración del Personal, Dirección General de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, dar al R.O; Cumplido: ARCHIVAR.-