Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº725

Decreto Nº 725

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 08/04/2022

Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios provisoria correspondiente al Certificado Nº 1 y 2, de la obra "REFACCIÓN CUBIERTA ASCENSOR Y TANQUE DE AGUA E.S. N° 15" ejecutada por la empresa PROBRAS BAHÍA S.R.L; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 Y 3 el Departamento Proyectos y Obras informa por Expte. N° 0-4477-2020 (HCD-471-2020), Decreto N.º 225/2021, Ordenanza N° 20.223, la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere a la aplicación del 80/100 de los indices que informe el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) a los fines de reconocimiento de redeterminaciones de precio en los contratos de obra pública en carácter de provisoria (Decreto 1505/2020).

Que se elevan planillas de análisis de precios redeterminados de los certificado Nº 1 y 2 para la obra a cargo de la Empresa PROBRAS BAHIA S.R.L., cuya fecha de licitación: 09/06/2021, Fecha de Contrato: 14/07/2021, Acta de Replanteo: 13/08/2021, Plazo de obra: 90 días, Fin de Plazo de Obra:11/11/2021.

Que de acuerdo a lo analizado por parte del Departamento Proyectos y Obras se informa que: “…Se analiza la variación de precio de la obra faltante considerando como mes base -Junio 2021 y mes corte Agosto - 2021 donde se puede observar una variación de precio del 8,32%, superior al 6% que especifica la redeterminacion."

Certificado Nº 1:

Se analiza el certificado N.º 1 con los indices correspondientes al mes de Agosto de 2021, en el que se puede observar que es superior al 6%.

Mes de ejecución de los trabajos: Agosto 2021.

Fecha de Certificación: 02 de Septiembre de 2021.

Fecha de publicación indices de Agosto 2021: Octubre de 2021.

Fecha de Presentación empresa: 29/10/2021

Importe Certificado Redeterminado N.º 1:                  $ 1.272.126,76

Importe Certificado base N.º 1:                                   $ 1.189.697,63

Importe diferencia Certificado N.º 1:                           $ 82.429,13

Deducción por importe anticipo 20%:                         $ 16.485,83

Total Redeterminado:                                                  $ 65.943,30

Redterminacion provisoria 80/100:                             $ 52.754,64

Por el Certificado N° 2 se verifica que utilizando los coeficientes de Septiembre no se produce una variación que represente una disminución del precio del 6% por lo tanto utiliza los indices de agosto 2021.

Certificado Nº 2:

Se analiza el certificado N.º 2 con los indices correspondientes al mes de Agosto de 2021.

Mes de ejecución de los trabajos: Septiembre de  2021.

Fecha de Certificación: 04 de Octubre de 2021.

Fecha de publicación indices de Agosto 2021: Octubre de 2021.

Fecha de Presentación empresa: 29/10/2021

Importe Certificado Redeterminado N.º 2:                  $ 1.020.527,03

Importe Certificado base N.º 2:                                   $ 942.909,63

Importe diferencia Certificado N.º 2:                           $ 77.617,40

Deducción por importe anticipo 20%:                         $ 15.523,48

Total Redeterminado:                                                  $ 62.093,92

Redterminacion provisoria 80/100:                             $ 49.675,14

MONTO TOTAL A ABONAR:                                     $ 102.429,78

Que a fojas 77 el informe de la abogada del Municipio manifiesta que no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido de redeterminación, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por los articulo 11 y 21 del anexo correspondiente al Decreto 1505/2020 y 225/2021.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación provisoria de precio, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Aprúebase la Redeterminación Provisoria de precios presentadas por la empresa PROBRAS BAHÍA S.R.L. por los Certificados Nº 1 y 2 de la obra "REFACCIÓN CUBIERTA ASCENSOR Y TANQUE DE AGUA E.S. N° 15", resultando la suma a abonar de PESOS CIENTO DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 102.429,78), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 416R-1883-2022.-

ARTICULO 2°: La redeterminación aprobada en el articulo 1° tiene carácter provisorio y es a cuenta de lo que en más o en menos resulte de la redeterminación definitiva dispuesta según Decreto 2113/02.-

ARTICULO 3°: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1505/20 Art. 14º Anexo I.-

ARTICULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 62.01.00, Gasto 5.4.6.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-

ARTICULO 5°: Cúmplase; dése al RO.; notifíquese por intermedio del Departamento Proyectos y Obras, tome conocimiento el citado Departamento y pase al Departamento Compras. Cumplido ARCHÍVESE.-