Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº61

Resolución Nº 61

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 03/02/2022

Visto lo solicitado a fojas 1 por la agente Viviana Graciela CORREA, D.N.I. Nº 12.278.801, C.U.I.L Nº 27-12278801-1, legajo Nº 6529, dependiente del Área Programática X (oficina 700), la cual a partir del 01 de Febrero de 2022 se acogió a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, según Expediente Nº 700-40/2022.

     Considerando que la agente presta su conformidad y faculta al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires para retener de sus haberes las sumas que la Municipalidad de Bahía Blanca le abone en concepto de adelanto jubilatorio.

       Que el Departamento Administración del Personal a fojas 4 informa que de acuerdo al artículo 63º del C.C.T.MBB, correspondería acceder a lo solicitado, otorgándole a la mencionada agente un Anticipo Jubilatorio consistente en el 60 % de su remuneración mensual habitual y permanente conforme a la última escala de sueldos correspondiente a la categoría 10/2A.3 que ostenta la solicitante.

   Teniendo en cuenta la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fojas 4 vuelta, la INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA en uso de sus facultades,

                                                                RESUELVE

PRIMERO: Proceder a través del Departamento de Administración de Personal a liquidar a favor de la agente Viviana Graciela CORREA, D.N.I. Nº 12.278.801, C.U.I.L Nº 27-12278801-1, legajo Nº 6529, dependiente del Área Programática X (oficina 700), un Anticipo Jubilatorio consistente en el 60 % de su remuneración mensual habitual y permanente, sobre el cargo 10/2A.3, correspondiéndole, por lo tanto, la suma de PESOS CIENTO DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON VEINTICINCO CENTAVOS ($ 102.948,25.-), como adelanto de su haber jubilatorio, a partir del 01 de Febrero de 2022, de acuerdo a lo establecido en el art. 63º del C.C.T.MBB.

SEGUNDO: El Adelanto Jubilatorio otorgado será deducido al liquidarse el haber por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Fuente 110 Jurisdicción 1110114000 Cat. Programática 01.01.00 Gasto 6210.

CUARTO: Notifíquese, tome nota el Departamento Administración del Personal, Subdirección de  Presupuesto, Contaduría General, División Jubilaciones y Pensiones, dése al R. O. y ARCHIVESE.