Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 35
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 14/01/2022
Visto las presentes actuaciones, relativas a la aceptación del acuerdo de pago con Federación Patronal Seguros S.A. - Siniestro Nº1-4-1927292, Dominio IEH 934; y,
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 1 la Secretaria de Salud pone a consideración de la Dirección de Técnica Jurídica el Acuerdo de Pago de la empresa de Seguros Federación Patronal Seguros S.A. obrante a fs. 15, anteponiendo de fs.2 a 14 la documentación respaldatoria inherente al siniestro ocurrido el día 21/09/2021 en la interesección de las calles Chiclana y Villarino, en el cual se produjo el daño total del vehículo de dominio municipal RI T460, DOMINIO IEH934, MARCA FIAT DUCATO
Que, la propuesta de pago consiste en percibir de la empresa Federación Patronal Seguros S.A., la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS MIL ($1.400.000,00), en concepto de indemnización por daños patrimoniales y extrapatrimoniales, sufridos como consecuencia del evento ocurrido el día 21/09/2021 y registrado bajo el número de siniestro Nº1-4-1927292 ;
Que, de acuerdo al dictamen legal obrante a fs. 16, donde solicita informes correspondientes a si el valor ofrecido es suficiente a efectos de indemnizar el daño, constancia de salud del agente municipal involucrado en el hecho y constancias de indemnidad del municipio frente a reclamos de terceros, se agrega documentación correspondiente de fs.18 a 22 ,
Que posterior a ello se envía nuevamente a dictamen legal para consideración del ofrecimiento obrando a fs. 23 requirimiento de informe que indique si el rodado va a ser reparado o su estado , a consecuencia del accidente, importò la destrucción total del mismo, considerando por ello los presupuestos adjuntos de fs. 19 a 22 y entendiendo por esto, y a la luz de los informes obrantes en el presente, que el monto ofrecido por el seguro es insuficiente para mantener indemne al erario público afectado, sin perjuicio de que sera la superioridad la cual tome la decisión que entienda corresponder
Asimismo a fs. 24 se observa dictamen que adhiere al criterio seguido de fs. 23 y adjunta de fs 25 a 27 vuelta copia de dictamen, emitido oportunamente ante la posibilidad de rearación de un vehículo dañado cuando las necesidades de servicio así lo ameriten, previa desición de la superioridad de hacer reserva de iniciar reclamo judicial para obtener el recupero de las sumas que ello demande por parte del responsable del siniestro y de la compañia aseguradora contratada a tal efecto
Que a fs. 28 la Compañia Federación Patronal mediante mail informa que el ofrecimiento resulta ser adecuado y compensatorio de los daños sufridos, entendiendo que si bien es cierto que el vehículo en plaza posee un valor apenas más alto, no menos cierto es que los restos quedan para el Municipio por lo que puede optarse por vender las partes o reutilizar las piezas sanas para otros vehículos de la repartición, estimando por ello un valor de $500000 o $60000 y que el pago de la misma se realizará 10 días posteriores a la firma del Acuerdo
Que según lo informado en los presentes actuados, a fs. 31 la Secretaria de Salud expresa que no encuentra objeciones al respecto dado que el vehículo se encontraba con un desgaste propio del uso diario y propio de la distribución de insumos médicos y biomédicos, a más de 50 dependencias, y habiendo tomado nota el Contador General a fs. 31, y a fs. 32 Contaduría General solicitado informe respecto si el resago permanecería a disposición del municipio por lo cual se agrega un nuevo Acuerdo de Pago especificando lo solicitado, por lo expuesto EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades:
R E S U E L V E
ARTICULO 1º): Acéptase la propuesta de pago presentada por la empresa Federación Patronal Seguros S.A., referida al siniestro Nº1-4-1927292, del Dominio IEH 934, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución.
ARTICULO 2º): Refrende la presente resolución el Secretario de Economía.
ARTICULO 3º): Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota a sus efectos Dirección General de Técnica Jurídica, Registro Patrimonial, Tesorería, hecho, ARCHIVESE.