Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº21

Resolución Nº 21

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 07/01/2022

Visto lo solicitado a fojas 1 por la agente Miriam Elizabeth BATELLI, D.N.I. Nº 14.935.036, C.U.I.L Nº 27-14935036-1, legajo Nº 6.392, dependiente de la Dirección General de Planificación Estratégica en Salud (oficina 574), la cual a partir del 01 de enero de 2022 se acogió a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, según Expediente N.º 574-8381/2021

     Considerando que la agente presta su conformidad y faculta al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires para retener de sus haberes las sumas que la Municipalidad de Bahía Blanca le abone en concepto de adelanto jubilatorio.

       Que el Departamento Administración del Personal a fojas 4 informa que de acuerdo al artículo 63º del C.C.T.MBB, correspondería acceder a lo solicitado, otorgándole al mencionado agente un Anticipo Jubilatorio consistente en el 60 % de su remuneración mensual habitual y permanente conforme a la última escala de sueldos correspondiente a la categoría 5/1D.2 que ostenta la solicitante.

   Teniendo en cuenta la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fojas 4 vuelta, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

                                                                RESUELVE

PRIMERO: Proceder a través del Departamento de Administración de Personal a liquidar a favor de la agente Miriam Elizabeth BATELLI, D.N.I. Nº 14.935.036, C.U.I.L Nº 27-14935036-1, legajo Nº 6.392, dependiente de la Dirección General de Planificación Estratégica en Salud (oficina 574), un Anticipo Jubilatorio consistente en el 60 % de su remuneración mensual habitual y permanente, sobre el cargo 5/1D.2, correspondiéndole, por lo tanto, la suma de PESOS CIENTO TRES MIL NOVENTA Y UNO CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS ($ 103.091,53.-), como adelanto de su haber jubilatorio, a partir del 01 de enero de 2022, de acuerdo a lo establecido en el art. 63º del C.C.T.MBB.

SEGUNDO: El Adelanto Jubilatorio otorgado será deducido al liquidarse el haber por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Fuente 110 Jurisdicción 1110114000 Cat. Programática 01.01.00 Gasto 6210.

CUARTO: Notifíquese, tome nota el Departamento Administración del Personal, Subdirección de  Presupuesto, Contaduría General, División Jubilaciones y Pensiones, dése al R. O. y ARCHIVESE.