Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 3
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 03/01/2022
VISTO el artículo 1° de la ley 14.656 (Régimen Marco de Empleo Municipal) y el artículo 30° del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca aprobado por Ordenanza N° 18601 y,
CONSIDERANDO;
Que siguen vigentes las necesidades de servicio que oportunamente fundamentaron la prolongación de la jornada horaria semanal de agentes de planta permanente de la dependencia solicitante, siendo necesario proceder a prorrogar la misma.
Que el presente acto administrativo culmina un proceso desarrollado íntegramente en forma digital, conforme a lo establecido en el Decreto N° 1209/2016 (Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos) y el Decreto N° 1354/2016 (Sub-Módulo Renovación de Ampliaciones Horarias) y su Anexo II, en el que intervinieron la dependencia solicitante, la Subdirección de Capital Humano, la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General.
Por lo expuesto precedentemente el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º) - Prorrógase a partir del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre del 2022 la ampliación de la jornada horaria a cuarenta y cuatro (44) horas semanales, a la agente que se detalla a continuación:
-. Agente GUERRAS ANDREA FABIANA, Legajo Nº 16240, Categoría 05/2A.04, Dependencia: SECRETARIA DE SALUD. Forma cumplimiento: lunes a viernes de 7.00 a 15.00 - 4 horas flotantes
ARTICULO 2º) - Déjase constancia que la ampliación horaria otorgada precedentemente, responde estrictamente a razones de servicio de la SECRETARIA DE SALUD .
ARTICULO 3º) - Déjase constancia que vencido el período dispuesto para la ampliación horaria y en caso de que persista la necesidad que motiva la misma, se efectuará una nueva evaluación, previo informe del Jefe del área sobre el desempeño de la agente.
ARTICULO 4º) - El cumplimiento de la jornada prolongada de la agente mencionada anteriormente deberá realizarse de lunes a viernes, de forma fija, y flotante en el caso de la agente GUERRAS ANDREA FABIANA, debiendo informar la dependencia correspondiente al Departamento Administración de Personal el horario a cumplir por parte de la agente anteriormente mencionada.
ARTICULO 5º) - El gasto dispuesto en los artículos precedentes deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110101000, Actividad Programática 01.01.00, Gasto 1.1.1.5, .
ARTICULO 6º) - Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento Administración de Personal, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Subdirección de Capital Humano, dése al R.O., cumplido: ARCHÍVESE.