Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº121

Resolución Nº 121

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 16/05/2022

Visto las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita el otorgamiento de la Bonificación Remunerativa por función inspector del 15% sobre el sueldo básico, segun Decreto 2068/2020, al agente Julian Eduardo Alvarez, legajo 16994 dependiente del Departamento Territorial y

CONSIDERANDO

Que a fs. 18 el Departamento Territorial solicita se otorgue al agente e Julian Eduardo Alvarez, legajo 16994 la Bonificación Remunerativa por función inspector del 15% sobre el sueldo básico, que establece el Decreto 2068/2020, dado que dicho agente tiene a cargo realizar los trabajos de campo de las inspecciones y determinaciones de la Linea Municipal en la presentación de Certificaciones de Deslinde, Amojamiento y Nivel. Ademas colabora con las inspecciones de Linea Municipal que se realizan en los expedientes de construcción con o sin permiso, constatando que la construcción que se declara no este invadiendo la Linea Municipal.

Que a fs 19 consta el visto bueno del Secretario de Infraestructura y del Director a/c de la Dirección General de Catastro y Obras Particulares.

Que a fs. 20 la Subsecretaría de Capital Humano, sugiere el dictado del Acto Administrativo correspondiente.

Que a fs. 20 vta, consta la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y Contaduría General.

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

RESUELVE

ARTICULO 1º: Otorgar la "Bonificación por función" según Decreto 2068/2020, equivalente al 15% sobre la categoría de revista, al agente  Julian Eduardo Alvarez, legajo 16994, quien reviste en carácter de personal temporario mensualizado en categoría 03/6A, con una jornada horaria de treinta (30) horas semanales, dependiente del Departamento Territorial (oficina Nº 843), a partir del día de su notificación y mientras desempeñe la función de inspector.

ARTICULO 2º: Todo agente que en forma transitoria deba reemplazar, a quién perciba esta compensación en ausencia del titular, tendrá derecho a percibir en forma proporcional a los días efectivamente laborados la compensación por "Adicional por Función".

ARTICULO 3º:  El agente beneficiado por la compensación no percibirá la misma si se encuentra ausente del servicio, aun cuando la ausencia se deba a alguna de las licencias previstas en el Convenio Colectivo de Trabajo. Tal Situación deberá ser informada al Departamento Administración de Personal.

ARTICULO 4º: Déjase constancia que a la fecha el agente Julian Eduardo Alvarez, da cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3º de la Ordenanza 20161 de Adhesión al Partido de Bahía Blanca a la Ley Provincial 15134 "Ley Micaela".

ARTICULO 5°: El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110105000, Cat. Prog. 01.01.00, Gasto 1221, del Presupuesto de Gastos.

ARTICULO 6º: Cúmplase, Publíquese, notifíquese a la agente, dése al R.O., tomen nota  el Departamento Administración de Personal, Oficina de Jubilaciones y Pensiones, Subsecretaría de Capital Humano, la Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Departamento Territorial, Subsecretaria de Planificación y Desarrollo Urbano. Cumplido; ARCHÍVESE.