Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 117
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 05/05/2022
Visto las presentes actuaciones iniciadas por la agente FROLLA, CLAUDIA INES , Legajo 12.391, mediante las cuales solicita el reconocimiento de los servicios prestados como becaria en la Municipalidad de Bahía Blanca para la percepción de la Bonificación por Antigüedad y usufructo de la Licencia Anual Ordinaria entre los periodos comprendidos de 5 de Mayo de 1993 hasta el 30 de Octubre de 1997 y,
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 la agente CLAUDIA INÉS FROLLA solicita mediante nota de fecha 4 de Enero de 2022, el reconocimiento de los servicios prestados como becaria en la Municipalidad de Bahía Blanca, en los periodos comprendidos entre el 5 de Mayo de 1993 hasta 30 de Octubre de 1997.
Que a fojas 3 obra copia de Resolución nro. 910517 del Instituto de Previsión Social (IPS) mediante la cual se reconocieron los servicios prestados como personal Becario en la Municipalidad de Bahía Blanca de la agente FROLLA, de acuerdo con lo normado por el Art.2 del Decreto Ley n°9650/80.
Que a fojas 4 la Subsecretaria de Capital Humano informa que se dé por reconocidos los servicios prestados como becaria a la agente CLAUDIA INÉS FROLLA Legajo 12.391 por el termino de cuatro (4) años, (5) cinco meses y veintisiete (27) días.
Que el reconocimiento del pago de las diferencias de la Bonificación por Antigüedad es de dos (2) años anteriores a contar a partir del reclamo por parte de la agente, (5 de Enero de 2022) de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 2562 inc. c) del Código Civil y Comercial.
Que el pago del beneficio otorgado sera aplicando cuatro (4) años, (5) cinco meses y veintisiete (27) días al 1% de su sueldo básico sobre la totalidad de los servicios, en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014.
Que a fojas 6 el Departamento de Administración del Personal adjunta el detalle de liquidación con el monto correspondiente a abonar de Pesos ciento un mil novecientos nueve con cincuenta y cinco centavos, ($101.909,55.-), sujeto a aportes y contribuciones.
Que al ser reconocidos los años de servicios prestados como becaria, le correspondería a la agente FROLLA, CLAUDIA INES el pago de los 25 años de servicios que hubiera cumplido en Septiembre del 2018, por lo que el importe a cobrar arrojaría un monto de Pesos doscientos un mil cuatrocientos quince con sesenta y dos centavos ($201.415,62.-)
Que a fojas 8 vta, se cuenta con la imputación de la Subdirección de Presupuesto y la Contaduría General.
Que a fojas 9 el Sr. Contador General informa que el gasto correspondiente al periodo mencionado, motivo de las presente actuaciones, no se encuentra contemplado en el ejercicio económico 2020 y 2021, por lo cual no esta incluido en la Deuda Flotante y se encuentra sujeto a consideración y autorización del Honorable Concejo Deliberante respecto a ejercicios vencidos.
Que conforme lo informado por Contaduría General y atento la imputación realizada por el Subdirección de Presupuesto y Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Reconocer a la agente FROLLA, CLAUDIA INES, Legajo 12.391 dependiente de la oficina Consorcios y Obras Básicas, los servicios prestados como personal becario en la Municipalidad de Bahía Blanca, durante CUATRO (4) AÑOS, UN (5) MESES Y VEINTISIETE (27) DÍAS, en concepto de Bonificación por Antigüedad y Licencia Anual Ordinaria de dos años a partir de la interposición del reclamo de fecha 5 de Enero de 2022, en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014.
ARTICULO 2: Reconocer a la agente FROLLA CLAUDIA INES, Legajo 12.391 el premio por los 25 años prestados en la Administración Municipal en un todo de acuerdo con lo establecido en el Articulo 12 del Decreto 158/96, por un monto de Pesos doscientos un mil cuatrocientos quince con sesenta y dos centavos ($201.415,62.-), de acuerdo a la liquidación obrante a fojas 8 del expediente 0-61-2022.
ARTICULO 3°: El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará a la Partida Fuente 110, Jurisdicción 1110105000, Categoría Programática 01.01.00, Gasto 1131,1161, 1162, 1172, 1140 del presupuesto de gastos.-
ARTICULO 4º: El pago del beneficio mencionado en el Articulo 1º se aplica del 1% sobre el sueldo básico por el total de los servicios desempeñados en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014.
ARTICULO 5°:Cúmplase; dése al R.O.. Notifíquese. Tomen conocimiento Departamento Administración Personal, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Consorcios de Obras Básicas.