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Resolución Nº111

Resolución Nº 111

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 03/05/2022

Visto las presentes actuaciones iniciadas por la empresa OBRAS ABEDUL S.R.L., la cual ha sido contratada por los frentistas de las calles YAPEYU entre A. Lazzari  y M.C. Victorica para la ejecución de la obra de cordón cuneta y pavimentación  carpeta asfáltica en caliente, en el sector mencionado, de la ciudad de Bahía Blanca; atento a lo informado por el Departamento Vialidad de fs. 53 a fs. 63 y que la presente obra se realizará a través del Sistema de Costo Cubierto, es decir a su cuenta y riesgo dado que no se impone contribución de los vecinos no adherentes conforme al Art. 9b) O. Gral. 2082. Por lo expuesto el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

R E S U E L V E

ARTICULO 1°: Autorízase a la empresa OBRAS ABEDUL S.R.L. a realizar la obra “Ejecución de Cordón Cuneta y pavimentación carpeta asfáltica en caliente, en calle YAPEYU entre A. Lazzari  y M.C. Victorica",  de la ciudad de Bahía Blanca, a través del sistema de Costo Cubierto, que no se impone contribución de los vecinos no adherentes conforme al Art. 9b) O.Gral. 2082.-

ARTICULO 2°: Las obras se ejecutarán de acuerdo a los planos y Especificaciones según el detalle de la Empresa adjunta fojas 2/55 y la Especificaciones Técnicas Municipales.-

ARTICULO 3°: La empresa OBRAS ABEDUL S.R.L. deberá verificar, previo el comienzo de las obras, los niveles de proyecto de cordón cuneta, umbrales existentes a los efectos de definir la pendiente longitudinal y trasversal del cordon cuneta, para asegurar el correcto escurrimiento del agua pluvial, verificar con cunetas y pavimentos existentes en la zona y calles aledañas, los cuales deberán ser aprobados por la Inspección Municipal.

ARTÍCULO 4°: La Construcción de cordón cuneta de hormigón simple de 0,15m de espesor y 0,50m de ancho de cuneta sobre base de tosca de 0,20 m de espesor compactada al 98% del Proctor correspondiente de acuerdo a la clasificación de materiales HRB y Norma VN-E5-67, Valor Soporte California (C.B.R.) mínimo del 20% glanulometría según especificaciones.

La resistencia mínima cilíndrica del hormigón en el ensayo de compresión a los 28 días será de 320 kg/cm2, con un tenor de cemento mínimo de 350 kg/m3 de hormigón elaborado. Todo conforme a Planos y Especificaciones Técnicas Municipales.

En la bocacalles, ejecutar las rampas de acceso para discapacitados, modificando los cordones a construir.

Las juntas deberán ser aserradas en su totalidad y no formadas con vaina, distribuidas a una distancia de 3,00 m. El aserrado deberá comenzar lo antes posible, con la condición de que los bordes aserrados no presenten despostillamiento o desprendimiento alguno (bordes sanos), caso contrario la Inspección demorará las tareas de aserrado hasta que se cumpla dicha pauta. Si el hormigón estuviese en condiciones de ser aserrado fuera del horario habitual de la jornada laboral, la Empresa Contratista deberá dar comienzo igualmente a las tareas, corriendo a su exclusivo cargo cualquier gasto adicional que le generen las tareas de aserrado, como por ejemplo el pago de horas extras o iluminación adicional por horas nocturnas.

El sellado de juntas se efectuará con material tipo IGGAS MASTIC o similar y se ejecutará de acuerdo a lo indicado en la Especificación Técnica “Sellado de Juntas”.

En las operaciones de terminación superficial del hormigón, no deberá agregarse agua, tanto en el fratazado como así también en el texturado.

El curado de la superficie del hormigón deberá comenzar inmediatamente después del texturado, y se efectuará con un producto de resina en base solvente, tipo ANTISOL BLANCO de SIKA o similar, y se aplicará a una tasa de 1 litro de producto por cada 7 metros cuadrados de pavimento (0,14 lt/m2). Una vez desmoldado el pavimento, el curado se efectuará en los bordes verticales laterales, a una tasa similar a la mencionada.

En las bocacalles se deberán ejecutar las rampas de acceso para discapacitados con pendiente adecuada y material antideslizante, modificando en consecuencia también las veredas.

Disponibilidad como mínimo en obra de: 100m lineales de moldes de cordón cuneta y un juego de curvas, en perfecto estado de conservación.

Limpieza de obra, carga y transporte de material sobrante según lo indicado en el Art. 12°.

ARTICULO 5°: Se realizaran los trabajos necesarios para el correcto empalme de las veredas (de tierra, encespado o de contrapiso) con los cordones cunetas ejecutados, los cuales deberán quedar perfectamente calzados y las veredas totalmente conformadas a nivel de cordón.

ARTICULO 6°: Construcción de Carpeta de Concreto Asfáltico en caliente de 0,06 m de espesor sobre una base de estabilidad granular en 0,20m de espesor y ancho según tipo de perfil, granulometría y densidad según Especificaciones. Provisión de tosca y piedra partida necesaria para lograr un Valor Soporte (C.B.R) de 70%, con un tamaño máximo de 3 cm, compactado al 98% del Proctor; sobre una sub-base de suelo de Cal de 0,15m de espesor y ancho según tipo de perfil, compactado al 95% del Proctor correspondiente de acuerdo a la clasificación el material HRB y Normal VN-E5-67. Todo conforme a planos y Especificaciones Técnicas Municipales.

ARTICULO 7°: Construcción de cordón embutido de hormigón, empleado para confinamiento de interrupciones de pavimento, cuya sección será de 0,15x 0,30m, en caso de no existir badenes de confinamiento trasversal. La resistencia mínima cilíndrica del hormigón en el ensayo de compresión a los 28 días sera de 320Kg./cm², con un tenor de cemento mínimo de 350kg/cm² de Hormigón elaborado.

ARTICULO 8°: Ejecución de 2 (dos) cruces de caños camisa (dos por cuadra) para futuras obras de alumbrado público y semaforización, de P.V.C. de 2 Ø 110mm y 3,20mm de espesor de pared con sello IRAM, cubierto con 10 cm de hormigón, cámaras y tapas en los extremos, según plano tipo B5. En todas las bocacalles se deberá dejar tendido una “pesca“ de alambre galvanizado N.º 10, en ambos extremos del cruce deberá quedar un excedente de un metro de alambre arrollado convenientemente.

También en forma paralela y exterior a la cañería del cruce se deberá instalar un conducto desnudo de 4.11 mm de diámetro, dejando dentro de cada caja de registro un seno de aproximadamente 1(un) metro.

Todo conforme a Planos y Especificaciones Técnicas Municipales. Incluye la provisión de todos los materiales, excavación, tapado y reconstrucción de base y subrasante conforme a lo existente.

El Contratista deberá reconstruir las veredas, contrapisos y albañales afectados, proveyendo todos los materiales, similares a los primitivos, mano de obra y equipos necesarios para la completa reconstrucción de los mismos.

Limpieza de obra, carga y trasporte de material sobrante según lo indicado en el Art. 12°

El perfil transversal de la calzada tendrá una pendiente mínima del 3%.

Adecuación de los niveles de los marcos y tapas de cámaras de inspección de servicios públicos que queden bajas, elevadas o desniveladas y que presenten dificultades para el tránsito vehicular. Desnivel máximo admitido: 1cm (un centímetro).

ARTICULO 9°: Ejecución de las acometidas domiciliarias largas de agua corriente faltantes, incluye zanjeo en cualquier clase de terreno, 60 (sesenta) cm de tapada mínima desde el nivel de cuneta existente, con cañería de polietileno de alta densidad (PEAD) de Ø20mm o según corresponda (para presiones de trabajo de10kg/cm²). Tapada y compactación de zanjas con equipos mecánico y reparación de veredas con materiales idénticos a los primitivos según exigencias reglamentarias de ABSA.

Limpieza de obra, carga y transporte de material sobrante según lo indicado en el Art. 12°.

ARTICULO 10°: Ejecución de conexiones domiciliarias de la red de desagües cloacales faltantes debiendo realizar la excavación en cualquier clase de terreno. Cañería de PVC Ø110 mm y piezas especiales con juntas con aros de goma, bocas de acceso 170x170x130 mm. Todo conforme al anteproyecto y computo de A.B.S.A.

Tapadas y compactación de zanjas con equipo mecánico y reparación de veredas con materiales idénticos a los primitivos según exigencias reglamentarias de ABSA.

Limpieza de obra, carga y transporte de material sobrante según lo indicado en el Art. 12°.

ARTICULO 11°: La Empresa Contratista deberá tomar a su exclusivo cargo y costo, todas las gestiones y trabajos necesarios para el reacondicionamiento, adecuación, reparación e inclusive la construcción de instalaciones domiciliarias faltantes de servicios públicos, (gas, agua corriente, cloacas, electricidad, telefonía, etc.) que puedan ser afectados por las obras, quedando a criterio de la Inspección solicitar los certificados de conformidad de las Reparticiones prestatarias de los servicios.

Además, donde se encuentren interferencias con árboles ubicados sobre la traza de la cañería se deberá pedir autorización previa de la Dirección Adjunta de Espacios Públicos y, si los trabajos interfieren con conductores eléctricos de iluminación o semáforos, deberá solicitar al Dpto. Electricidad y Mecánica Municipal que se retiren los conductores y posteriormente realizar la canalización, de acuerdo a las Normas, para poder restablecer el servicio.

ARTICULO 12°: Limpieza de obra, tapada de zanjas, carga y transporte del material sobrante (suelo no apto y escombros) hasta el Relleno Sanitario, cuyo costo de depósito estará a cargo de la empresa contratista. El transporte de suelo sobrante apto para relleno de calles, se hará hasta una distancia máxima de 5km, a lugares indicados por la Inspección.

ARTICULO 13°: Señalización diurna y nocturna de la obra, señalar de día con letreros y señales reglamentarias, según planos, y por la noche con luces de peligro con luces reglamentarias alimentadas con 12 o 24 volts, toda interrupción y obstáculo en la zona de tránsito donde exista peligro para el mismo, aplicándosele en cada oportunidad de cada transgresión comprobada por la Inspección, una multa de acuerdo a la Ordenanza Impositiva vigente, haciéndose pasible a las penalidades por daños y perjuicios, establecidas en el Artículo 41º de las Especificaciones Legales Generales.

Deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza N.º 12.827/04 y las "Normas sobre cortes de Calzadas y Veredas"

Ante la interrupción total o parcial de la calzada se deberá comunicar, y tramitar en la Dirección de Tránsito Municipal, su permiso con una anticipación mínima de 5 (cinco) días.

La empresa deberá presentar un Croquis de Obra con su Computo Métrico ( esta información certificada por el Representante Técnico de la Empresa) y certificados de IERIC y Política Fiscal.

Articulo N.º 14: Para el inicio de los trabajos, la Empresa deberá comunicarse con la División Inspección del Departamento Vialidad a los fines de, comunicar la fecha de comienzo de los mismos, además de presentar: Interferencias de servicios públicos (EDES, CAMUZZI GAS PAMPEANA, ABSA y TELEFONICA).

Contrato de Representación Técnica, copia de boleta de aportes previsionales y planilla anexa, todo debidamente visado por el Colegio de Ingenieros.

Copias de las Pólizas contratadas, de los planes de pagos acordados y de los respectivos recibos de pago, de los Seguros correspondientes al personal, al equipo que afecte a estos trabajos, contra-terceros, de responsabilidad civil y de la rama de responsabilidad civil, realizados conforme a la Ley vigente en la materia.

Los seguros contratados deberán otorgar cobertura contra accidentes de trabajo, enfermedades laborales, accidentes de tránsito, daños a personas, a bienes muebles, a bienes inmuebles y a instalaciones, daños al equipo, etc., de cualquier índole y por cualquier motivo, producidos u ocasionados en la ejecución de los trabajos asignados, durante el horario de trabajo y en los trayectos desde y hacia el lugar de guarda del equipo.

La cobertura por responsabilidad civil cubrirá un monto de $ 6.000.000 (Pesos SEIS MILLONES), designando como coasegurado a la Municipalidad de Bahía Blanca.

Dicha presentación incluirá las constancias certificadas emanadas de las respectivas Compañías Aseguradoras, conteniendo los listados completos del personal y de los equipos que empleará para la ejecución de la obra; dichos listados contendrán datos completos tanto del personal como de los equipos que los identifiquen de modo indubitable.

La Empresa deberá presentar, obligatoriamente, copia certificada del recibo o factura que testimonie, fehacientemente, el cumplimiento de las obligaciones emanadas del plan de pagos acordado para la Póliza contratada; la fecha de pago deberá ser inexcusablemente, coincidente o anterior a la establecida en el correspondiente plan de pagos.

Además, y previo al Replanteo de los trabajos, la Empresa Constructora deberá presentar la documentación necesaria para dar cumplimiento a la Resolución N° 181/95 de ENARGAS.

Recepcionada la obra y en un plazo no mayor de 5 días, la Empresa Constructora deberá presentar en el Departamento Vialidad, planos conforme a obra con toda la nivelación de cordones cunetas.

ARTICULO 15: El plazo de ejecución de la obra sera de Noventa (90) días corridos a contar desde la autorización de la Municipalidad de Bahía Blanca.

ARTICULO 16: Plazo de Conservación de la Obra sera de Doce (12) meses a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisoria.

ARTICULO 17: La empresa realizara el pago del 1% del Presupuesto de Obra según Ordenanza Impositiva vigente, Art. 25°, previo a la Recepción Provisoria de Obra.

ARTICULO 18°: Cúmplase; dése al R.O.; NOTIFÍQUESE a las empresa OBRAS ABEDUL S.R.L. por intermedio del Departamento Vialidad. Tomen conocimiento el Departamento Vialidad, Departamento Territorial, División Central Territorial de Datos, Dirección de Tránsito y Dirección Adjunta de Espacios Públicos. Cumplido; ARCHIVESE.