Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 102
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 27/04/2022
Visto las presentes actuaciones iniciadas por la empresa SVARA INGENIERIA CIVIL S.R.L., el cual solicitan autorización para la ejecución de la obra “EJECUCIÓN DE CORDÓN CUNETA, BADÉN Y PAVIMENTO INTERTRABADO, EN LA ARTERIA A. LAZZARI ENTRE LAS HERAS Y RAMÓN Y CAJAL”, de la ciudad de Bahía Blanca;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo informado por el Departamento Vialidad a fs. 35/39 la presente obra se realizará a través del Sistema de Costo Cubierto, es decir a cuenta y riesgo de la Empresa Constructora dado que no se impone contribución de los vecinos no adherentes.
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Autorízase a la firma SVARA INGENIERIA CIVIL S.R.L. a realizar la obra: “EJECUCIÓN DE CORDÓN CUNETA, BADÉN Y PAVIMENTO INTERTRABADO, EN LA ARTERIA A. LAZZARI ENTRE LAS HERAS Y RAMÓN Y CAJAL” de la ciudad de Bahía Blanca, a través del sistema de Costo Cubierto.
ARTÍCULO 2°: Las obras se ejecutarán de acuerdo a los planos y Especificaciones según el detalle de la Empresa adjunta de fojas 3/34 del Expediente 0-1377-2022.-
ARTICULO 3°: La Empresa Constructora deberá verificar, previo al comienzo de las obras, los niveles de proyecto de cordón cuneta, umbrales existentes a los efectos de definir la pendiente longitudinal y transversal del cordón cuneta, para asegurar el correcto escurrimiento del agua pluvial, los cuales deberán ser aprobados por la Inspección Municipal.
ARTÍCULO 4º: Construcción de cordón cuneta de hormigón simple de 0,15 m de espesor y 0,50 m de ancho de cuneta sobre base de tosca de 0,20 m de espesor compactada al 98% del Proctor correspondiente de acuerdo a la clasificación de materiales de HRB y Norma VN-E5-67, granulometría según especificaciones.
La resistencia mínima cilíndrica del hormigón en el ensayo de compresión a los 28 días sera de 320Kg/cm2, con un tenor de cemento mínimo de 350Kg/m3 de hormigón elaborado.
Todo conforme a los planos y Especificaciones Técnicas Municipales.
Las bocacalles , ejecutar las rampas de acceso para discapacitados, modificando los
cordones a construir.
Las juntas deberán ser aserradas en su totalidad y no formadas con vaina, distribuidas a una distancia 3,00m. El aserrado no presenten despotillamiento no desprendimiento alguno (bordes sanos), caso contrario la Inspección demorara las tareas de aserrado hasta que se cumpla dicha pauta. Si el hormigón estuviese en condiciones de ser aserrado fuera del horario habitual de la jornada laboral, la Empresa Contratista deberá dar comienzo igualmente a las tareas a su exclusivo cargo gasto adicional que se generen las tareas de aserrado, como por ejemplo el pago de horas extras o iluminación adicional por horas nocturnas.
El sellado de juntas se efectuará con material tipo IGGAS MASTIC o similar y se ejecutara
de acuerdo a lo indicado en la especificación técnica " Sellados de Juntas".
En las operaciones de terminación superficial del hormigón, no deberá agregarse agua, tanto en el fratazado como así también en el texturado.
El curado de la superficie del hormigón deberá comenzar inmediatamente después del texturado, y se efectuará con un producto de resina en base solvente, tipo ANTISOL BLANCO de SIKA o similar, y se aplicará a una tasa de 1 litro de producto cada 7 metros cuadrado de pavimento ( 0,14 lt/M2). Una vez desmoldado el pavimento, el curado se efectuara en sus bordes verticales laterales, a una tasa similar a la mencionada.
En las bocacalles se deberán ejecutar las rampas de acceso para discapacitados con la pendiente adecuada y material antideslizante, en consecuencia también veredas.
Disponibilidad como mínimo en obras de: 100m lineales de cordón cuneta y un juego de curvas, en perfecto estado de conservación.
Limpieza de obra, carga de transporte de material sobre según lo indicado en el artículo 11°.
ARTÍCULO 5°: Construcción de badén de hormigón armado de 0,17m de espesor y 2,00 m de ancho, demás dimensiones y armaduras según Plano Tipo y Especificaciones; sobre base de tosca y subrasante con idénticas exigencias en espesores, Valores Soporte California (C.B.R.) y Compactación y Calidad del hormigón a cumplir conforme a lo indicado para cordón cuneta.
Limpieza de obra, carga y transporte de material sobrante según lo indicado en el art. 11°.
ARTÍCULO 6º: Se realizarán los trabajos necesarios para el correcto empalme de las veredas (de tierra, encespado o de contrapiso) con los cordones cunetas ejecutados, los cuales deberán quedar perfectamente calzados y las veredas totalmente conformadas a nivel del cordón.
ARTÍCULO 7º: El perfil transversal de la calzada tendrá una pendiente mínima del 3%.
ARTÍCULO 8º: La adecuación de los niveles de los marcos y tapas de cámaras de inspección de servicios públicos que queden bajas, elevadas o desniveladas y que presenten dificultades para el tránsito vehicular. Desnivel máximo admitido: 1cm (un centímetro).
ARTÍCULO 9º: Renovación y profundización de acometidas domiciliarias largas de agua corriente (Solamente aquellas afectadas por la construcción del cordón cuneta) incluye replanteos, ubicación de interferencias de otros servicios y conexiones, zanjeo en cualquier clase de terreno, ochenta (80) cm de tapada mínima desde el nivel de cuneta existente, renovación de cañeria de polietileno de alta densidad (PEAD) de 20 mm o según corresponda (para presiones de trabajo 10 Kg/cm2), con caño camisa de PVC reforzado de diámetro 2 pulgadas. La unión a la cañería existente se realizará con RACORD de bronce de ajuste rápido para polietileno de alta densidad (PEAD), de idéntico diámetro nominal que la cañería de conexión según exigencias de A.B.S.A.
Limpieza de obra, carga y transporte de material sobrante según lo indicado en el art. 11°
ARTÍCULO 10º: Tapada y compactación de zanjas será con equipo mecánico y reparación de veredas con materiales idénticos a los primitivos según exigencias reglamentarias de A.B.S.A. Limpieza de obra, carga y transporte de material sobrante según lo indicado en el Art. 11°.
ARTÍCULO 11º: La limpieza de obra, tapada de zanjas, carga y transporte del material sobrante (suelo no apto y escombros) hasta el Relleno Sanitario, cuyo costo de depósito estará a cargo de la empresa contratista. El transporte de suelo sobrante apto para relleno de calles, se hará hasta una distancia máxima de 5km, a lugares indicados por la Inspección.
ARTÍCULO 12º: La señalización diurna y nocturna de la obra, señalar de día con letreros y señales reglamentarias, según planos, y por la noche con luces de peligro con luces reglamentarias alimentadas con 12 o 24 volts, toda interrupción y obstáculo en la zona de tránsito donde exista peligro para el mismo, aplicándosele en cada oportunidad de cada transgresión comprobada por la Inspección, una multa de acuerdo a la Ordenanza Impositiva vigente, haciéndose pasible a las penalidades por daños y perjuicios, establecidas en el Artículo 41º de las Especificaciones Legales Generales.
Deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza Nº 12.827/04 y las "Normas sobre cortes de Calzadas y Veredas".
Ante la interrupción total o parcial de la calzada se deberá comunicar, y tramitar en la Dirección de Tránsito Municipal, su permiso con una anticipación mínima de 5 (cinco) días.
ARTÍCULO 13º: Para el inicio de los trabajos, la Empresa deberá comunicarse con la División Inspección del Departamento Vialidad a los fines de, comunicar la fecha de comienzo de los mismos, además de presentar:
Interferencias de servicios públicos (EDES, CAMUZZI GAS PAMPEANA, ABSA y TELEFÓNICA)
Contrato de Representación Técnica, copia de boleta de aportes previsionales y planilla anexa, todo debidamente visado por el Colegio de Ingenieros.
Copias de las Pólizas contratadas, de los planes de pagos acordados y de los respectivos recibos de pago, de los Seguros correspondientes al personal, al equipo que afecte a estos trabajos, contra-terceros, de responsabilidad civil y de la rama de responsabilidad civil, realizados conforme a la Ley vigente en la materia.
Los seguros contratados deberán otorgar cobertura contra accidentes de trabajo, enfermedades laborales, accidentes de tránsito, daños a personas, a bienes muebles, a bienes inmuebles y a instalaciones, daños al equipo, etc., de cualquier índole y por cualquier motivo, producidos u ocasionados en la ejecución de los trabajos asignados, durante el horario de trabajo y en los trayectos desde y hacia el lugar de guarda del equipo.
La cobertura por responsabilidad civil cubrirá un monto de $ 6.000.000 (Pesos SEIS MILLONES), designando como coasegurado a la Municipalidad de Bahía Blanca.
Dicha presentación incluirá las constancias certificadas emanadas de las respectivas Compañías Aseguradoras, conteniendo los listados completos del personal y de los equipos que empleará para la ejecución de la obra; dichos listados contendrán datos completos tanto del personal como de los equipos que los identifiquen de modo indubitable.
La Empresa deberá presentar, obligatoriamente, copia certificada del recibo o factura que testimonie, fehacientemente, el cumplimiento de las obligaciones emanadas del plan de pagos acordado para la Póliza contratada; la fecha de pago deberá ser inexcusablemente, coincidente o anterior a la establecida en el correspondiente plan de pagos.
Además, y previo al Replanteo de los trabajos, la Empresa Constructora deberá presentar la documentación necesaria para dar cumplimiento a la Resolución N° 181/95 de ENARGAS.
ARTÍCULO 14º: Recepcionada la obra y en un plazo no mayor de 5 días, la Empresa Constructora deberá presentar en el Dpto. Vialidad, planos conforme a obra con la nivelación de cordones cunetas.
ARTICULO 15º: El plazo de ejecución de la obra sera de SESENTA (60) días corridos a contar desde la autorización de la Municipalidad de Bahía Blanca.
ARTICULO 16º: Plazo de Conservación de la Obra será de VEINTICUATRO (24) meses a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisoria.
ARTICULO 17º: La empresa realizará el pago del 1% del Presupuesto de Obra según Ordenanza Impositiva vigente, Art. 25°, previo a la Recepción Provisoria de Obra.
ARTICULO 18°: Cúmplase; dése al R.O.; Notifíquese a la empresa SVARA INGENIERIA CIVIL S.R.L.. por intermedio del Departamento Vialidad. Tomen conocimiento el Departamento Vialidad, Departamento Territorial, División Central Territorial de Datos, Dirección de Tránsito y Dirección Adjunta de Espacios Públicos. Cumplido; ARCHIVESE.-