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Resolución Nº89

Resolución Nº 89

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 04/04/2022

Visto las presentes actuaciones, atento la solicitud de eximición de unificación de parcelas, solicitada por la Señora Liliana Madrid de Zito Fontan, D.N.I. 10.493.385, obrante a fs. 62 y 

CONSIDERANDO

Que analizadas las actuaciones y la documentación aportada por la Señora Liliana Madrid de Zito Fontan, D.N.I. 10.493.385, se desprende que los bienes afectados identificados con las Partidas Nº 14.576 y Nº 24.623, se encuentran conectadas por la existencia de una apertura en el muro medianero que las divide pero pertenecen a distintos propietarios.

Que si bien actualmente tienen un uso en común y son afectadas a una misma explotación comercial, dicha unidad no está destinada a perdurar en el tiempo.

Que se manifiesta la voluntad de cerrar la apertura actualmente existente una vez que cese la actividad que se desarrolla en los inmuebles en cuestión.

Que la unificación obligaría a los propietarios a conformar un condominio en el que ambos serían titulares de dominio de una parte indivisa de la parcela que se genere con la unificación, no ajustándose, a los fines de la normativa aplicable.

Que a fs. 87, el asesor legal de la Dirección General de Catastro y Obras Particulares considera que para hacer lugar a lo peticionado se deberá acreditar el dominio de la parcela lindera en una tercera persona.

Que a fs 89/91 se acredita la titularidad de dominio de la parcela lindera en una tercera persona mediante informe de dominio.

Por lo expuesto, la SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, en uso de las facultades que le confiere al articulo 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades:

R E S U E L V E

PRIMERO: Eximir la unificación de las parcelas Partidas Nº 14.576 y Nº 24.623, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente y a los antecedentes obrantes en el Expediente M-1015/2021.-

SEGUNDO: Cúmplase, dése al R.O., con nota de estilo comuníquese al interesado remitiéndosele copia autenticada de la presente Resolución. Tomen nota a sus efectos el Departamento Catastro, Departamento Territorial, Departamento Planeamiento Urbano, Departamento Contralor de Obras Particulares y demás dependencias municipales que correspondan.