Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 71
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 11/03/2022
Visto que a fs. 1 el agente Aldo Hugo Marcos, Legajo Nº 12604, dependiente del Departamento Catastro (Oficina Nº 224), solicita el reconocimiento de los servicios desempeñados como becario desde el día 6º de Junio de 1994 al 31 de Agosto de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 5 la Subsecretaría Capital Humano adjunta foja de servicio y sugiere redactar el correspondiente acto administrativo a efectos de dar por reconocidos sus servicios como becario por el término de nueve (9) años y cinco (5) meses.
Que el reconocimiento se efectúa a partir de la fecha de interposición del reclamo por parte del agente interesado, 20 de Enero de 2022, y al sólo efecto de la percepción en concepto de Bonificación por Antigüedad y del usufructo de Licencia Anual Ordinaria.
Que a partir del reconocimiento efectuado se considerará cinco (5) años, dos (2) meses y veinticinco (25) días al 1% de su sueldo básico sobre la totalidad de los servicios, esto en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014.
Que a fs. 5 vuelta consta la imputación realizada por la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General.
Que a fs. 6 el Departamento Administración Personal adjunta planilla de servicios y sueldos informando que el tiempo total a reconocer asciende a cinco (5) años, dos (2) meses y veinticinco (25) días, por los servicios prestados como Becario en la Municipalidad de Bahía Blanca.
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
RESUELVE
ARTÍCULO Nº 1: Dar por reconocidos los servicios desempeñados como becario de la Municipalidad de Bahía Blanca por el agente Aldo Hugo Marcos, DNI 20.047.574, Legajo Nº 12604, dependiente del Departamento Catastro (Oficina Nº224), por el término de cinco (5) años, dos (2) meses y veinticinco (25) días.
ARTÍCULO Nº 2: El reconocimiento realizado mediante el artículo 1º se efectúa a partir de la fecha de interposición del reclamo por parte del agente interesado, 20 de Enero de 2022, y al sólo efecto de la percepción en concepto de Bonificación por Antigüedad y del usufructo de Licencia Anual Ordinaria.
ARTÍCULO Nº 3: A partir del reconocimiento efectuado se considerará cinco (5) años, dos (2) meses y veinticinco (25) días, al 1% de su sueldo básico sobre la totalidad de los servicios, en concordancia con los establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3588/2014.
ARTÍCULO Nº 4: El gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a la Partida Fuente 110, Jurisdicción 1110105000, Cat. Prog. 01.01.00, Gasto 1131, del Presupuesto de Gastos.-
ARTÍCULO Nº 5: Cúmplase; dése al R.O., notifíquese al interesado, tome conocimiento a sus efectos el Departamento Administración de Personal, Subsecretaria de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Dirección General de Catastro y Obras Particulares, cumplido; ARCHÍVESE.