Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº123

Resolución Nº 123

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 13/04/2022

Visto las presentes actuaciones, referente a la adscripción de la agente Laura Vanesa GONZALEZ, Legajo Nº 14.975, dependiente de Pequeños Hogares - Hogar Sustituto (Oficina Nº 524) al Departamento de Salud Mental y Adicciones (Oficina Nº 547), para desempeñar tareas administrativas y,
Considerando,

Que a fs. 1 la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia informa que el Programa Pequeños Hogares se fusionó con el Programa Sistema de Amas, y que por esa razón las tareas administrativas se encontrarían cubierta, por lo que solicita el traslado con cargo de la agente GONZÁLEZ a otra dependencia municipal,

Que a fs. 4 obra nota de la agente GONZÁLEZ solicitando su traslado al Departamento de Salud Mental y Adicciones,

Que a fs. 5 la Secretaria de Políticas Sociales solicita el visto bueno para la adscripción de la agente GONZALEZ al Departamento de Salud Mental y Adicciones; que a fs. 5 vta. el Jefe de Departamento del Centro de Prevención de Adicciones y a fs. 6 el Secretario de Salud acceden a la adscripción de la mencionada agente para desempeñar tareas administrativas y dejando constancia que en principio considera un período de seis (6) meses para evaluar su desempeño y adaptación al equipo de trabajo,

Que la Subdirección de Capital Humano a fs. 7 informa que según lo establecido en el Art. 20º del Convenio Colectivo de Trabajo: “Un agente reviste como adscripto cuando es destinado a ejercer sus funciones en un área Municipal distinta a la que le es propia y en forma transitoria a requerimiento del área solicitante y para cumplir funciones propias de la competencia específica de esta. La situación de Adscripto de un trabajador Municipal, no podrá exceder el termino máximo de 1 año (un año), y solo en casos excepcionales y previa fundamentación podrá prorrogarse por 6 meses más. Superados dichos lapsos debe ser absorbido por ente requirente o, en caso contrario retornar a su lugar de origen. Los plazos señalados comenzarán a computarse a partir de la fecha de sanción de la Ordenanza que apruebe el presente, careciendo lo dispuesto de retroactividad alguna”

Que en virtud de lo establecido por la Junta de Ascensos y Calificaciones a fs. 9, por la Subdirección de Capital Humano a fs. 10 y a fin de dictar el acto administrativo correspondiente; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

 

- R E S U E L V E -

 

PRIMERO: Adscribir a la agente Laura Vanesa GONZALEZ, Legajo Nº 14.975, al Departamento de Salud Mental y Adicciones (Oficina Nº 547) quien reviste en categoría efectiva 05/4C, dependiente de Pequeños Hogares - Hogar Sustituto (Oficina Nº 524), manteniendo su categoría de revista y su jornada horaria ampliada, a partir del día de su notificación y por el término de seis (6) meses.

SEGUNDOCúmplase, notifíquese, tome nota Departamento Administración del Personal, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, Departamento de Salud Mental y Adicciones; dése al RO y ARCHIVESE.