Boletines/Campana
Decreto Nº 373/22
Campana, 23/05/2022
Expediente 23833/2022 Cableado Cámaras de Seguridad UHSJ.
Visto
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto N° 184/2022 (t.v.), y el Expediente Municipal Nº 4016-23833-2022; y
Considerando
Que la Secretaría de Salud promueve el Llamado a Licitación Privada Nº 11/2022 para el “Cableado Cámaras de Seguridad Hospital San José”.
Que a fs. 2/9 obra Informe Circunstanciado, Memoria Técnica y Planos.
Que a fs. 11/31 obra el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de Bases y Condiciones Técnicas.
Que a fs. 32 obra, Solicitud de Pedido N° 1259 emitida por la suma de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CON CERO CENTAVOS ($ 4.932.600,00.-).
Que a fs. 35 la Dirección de Presupuesto Municipal, informa la imputación presupuestaria para hacer frente a la erogación que se pretende realizar.
Que a fs. 38 la Contaduría Municipal toma conocimiento y manifiesta que no tendrá objeciones de carácter contable que formular una vez realizada la modificación presupuestaria.
Que a fs. 43 la Dirección de Presupuesto Municipal, toma conocimiento de la Solicitud de Modificaciones Presupuestarias y emite la Solicitud de Gastos Nº 1-1285, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CON CERO CENTAVOS ($ 4.932.600,00.-).
Que a fs. 46 la Secretaría de Economía y Hacienda no posee objeciones económicas ni financieras que formular.
Que a fs. 47 la Dirección de Compras toma conocimiento de las actuaciones e informa que tramitarán bajo la modalidad de Licitación Privada Nº 11/2022, estimando como fecha de apertura el día 15 de junio de 2022 a las 13.00 hs.
Que a fs. 51 Jefatura de Gabinete interviene otorgando continuidad a las actuaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que el Presupuesto Oficial asciende a la suma de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CON CERO CENTAVOS ($ 4.932.600,00.-) incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A).
Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Que en consecuencia, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nº 11/2022 para el “Cableado Cámaras de Seguridad Hospital San José”, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la suma de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CON CERO CENTAVOS ($ 4.932.600,00.-) incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), conforme al Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de Bases y Condiciones Técnicas, y en un todo de acuerdo con lo actuado en el Expediente Municipal Nº 4016-23833-2022.-
ARTÍCULO 2º.- Recepciónanse las ofertas en la Dirección de Compras, dependiente de la Secretaría de Economía y Hacienda de esta comuna, sita en Avda. Int. Jorge Rubén Varela 760 de esta Ciudad, hasta una hora antes de las trece (13.00) del día quince (15) de junio de 2022, oportunidad en que tendrá lugar el acto de apertura. Si el día fijado fuese
feriado o asueto administrativo, el mismo se trasladará al primer día hábil siguiente, a la misma hora y lugar. –
ARTÍCULO 3º.- Solicítase por intermedio de la dependencia enunciada en el párrafo anterior, como mínimo cotización a cuatro (4) comerciantes del ramo, inscriptos en el Registro de Proveedores de este Municipio. Si el número de inscriptos fuera menor que el mínimo legal, se invitará a otros no registrados como tal, quienes deberán dar cumplimiento a lo
dispuesto en el Artículo 9º, del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Posteriormente agréguense las constancias que prueben el cumplimiento del envío de las invitaciones por la Dirección de Compras al Expediente Municipal Nº 4016-23833-2022.-
ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, la Señora Secretaria de Salud, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete. -
ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; publíquese; y archívese. -