Boletines/General Villegas

Decreto Nº157/22

Decreto Nº 157/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 28/01/2022

VISTO:

El expediente 2672/21, iniciado por Rusitec S.A. donde solicita la aprobación de informe ambiental para la emisión del Certificado de Aptitud Ambiental (CAA); y 

CONSIDERANDO:

Que la ley 11459 de Radicación Industrial de la Provincia de Buenos Aires, su modificatoria Ley 15107, Decretos Reglamentarios N° 531/19 y 973/2020 y Resoluciones N° 475/2019 y 494/2019.

Que la disposición provincial N° 180/2021, mediante la cual se clasifica como de 1° categoría al establecimiento industrial RUSITEC SA CUIT 30-70899563-7, finalizando de este modo la fase 1 de Clasificación de Nivel de Complejidad Ambiental (CNCA).

Que el artículo 3 de la Ley de Radicación Industrial de la Provincia de Buenos Aires N° 11459 establece que “todos los establecimientos industriales deberán contar con el pertinente Certificado de Aptitud Ambiental como requisito obligatorio indispensable para que las autoridades municipales puedan conceder, en uso de sus atribuciones legales, las correspondientes habilitaciones industriales”.

Que el informe técnico ambiental correspondiente de la actividad desarrollada fue presentado por la empresa ante este municipio, contando con todos los aspectos técnicos solicitados por la Secretaría de Medio Ambiente, como: proceso productivo, generación de residuos generados del proceso, disposición y tratamiento; energía utilizada, instalaciones y elementos para la seguridad y preservación de la salud y prevención de accidentes, consumo máximo de servicios (agua, gas), croquis de instalaciones.

Que el establecimiento genera dos kg. mensuales de residuos asimilables a domésticos y son dispuestos para ser recolectados por el sistema de GIRSU que lleva a cabo el municipio.

Que la actividad genera como residuo carbonato de calcio que se pierde en el mezclado, además de unos 80 kg. mensuales de residuos secos (la mayoría reciclables); los cuales se disponen en contenedores para la recolección municipal y posterior ingreso a la planta de clasificación.

Que no se generan efluentes líquidos del proceso productivo.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otorgar el Certificado de Aptitud Ambiental a la empresa RUSITEC SH, ubicada en el Sector Industrial Planificado (SIP), inmueble identificado catastralmente como : Circunscripción II, Sección B, Chacra 135,  Manzana 135m, Parcelas 3 y 4, dedicada a la actividad “Elaboración y venta de suplementos minerales y alimentos para bovinos”, de conformidad a las prescripciones establecidas en la Ley N° 11459 de Radicación Industrial de la Provincia de Buenos Aires, su modificatoria N° 15107 y Decretos y resoluciones reglamentarios.

ARTÍCULO SEGUNDO: El certificado de aptitud ambiental tendrá una validez de 4 años, contados a partir de la fecha de su emisión. Al vencimiento de ese plazo, el mismo deberá ser renovado mediante la presentación de una Auditoría Ambiental.

ARTÍCULO TERCERO: Ante cualquier incumplimiento total o parcial de lo declarado en el Informe Técnico Ambiental, el Certificado de aptitud ambiental expedido en el presente Decreto, caducará de forma automática. La autoridad de aplicación, podrá solicitar en ese caso, implementar medidas de mitigación que deberá elaborar la empresa.

ARTÍCULO CUARTO: Todo cambio o ampliación que afecte a más del 20% de su capacidad productiva, deberá ser comunicado a la Autoridad de aplicación.

ARTÍCULO QUINTO:  El otorgamiento del presente Certificado de aptitud ambiental, no obsta al cumplimiento de toda otra normativa ambiental vigente, la cual puede ser exigible en formas y plazos por la Autoridad ambiental de aplicación.

ARTÍCULO SEXTO: Autorizase a las oficinas competentes al cobro de la Tasa, previo a la entrega de dicho certificado.

ARTÍCULO SEPTIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Secretaría de Planificación y Desarrollo Territorial, Dirección de Obras Públicas, Contaduría, Compras y Tesorería; cúmplase y archívese.