Boletines/Brandsen
Decreto Nº 968
Brandsen, 16/06/2022
Visto
Visto el Expediente Nº 4015-30658/22 por el cual Nico Tinglados S.R.L, CUIT Nº 30-71701534-3 solicita cambio de razón social bajo el rubro “FABRICACION DE ESTRUCTURAS METALICAS PARA LA CONSTRUCCION” en el inmueble ubicado en calle Presidente Perón Nº 1562, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. VI – Sección B – Manzana 5T– Ch: 5- Parcela 10 y, correspondiente a la Partida Nº 22144, y;
Considerando
Que a fs. 22 se expide la Directora de Habilitaciones: “Visto la solicitud de cambio de razón social iniciado por Nico Tinglados S.R.L, CUIT Nº 30-71701534-3 en relación al Inmueble sito en calle Presidente Perón Nº 1562, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. VI – Sección B – Manzana 5T– Ch: 5- Parcela 10 y, correspondiente a las cuentas 22144 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones en categoría 2 (DOS), por tratarse de rubro “FABRICACION DE ESTRUCTURAS METALICAS PARA LA CONSTRUCCION” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Camila Castillo. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen”;
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA
ARTICULO 1º.- Otorgase a Nico Tinglados S.R.L, CUIT Nº 30-71701534-3 un cambio de razón social bajo el rubro “FABRICACION DE ESTRUCTURAS METALICAS PARA LA CONSTRUCCION” en el inmueble ubicado en calle Presidente Perón Nº 1562, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. VI – Sección B – Manzana 5T– Ch: 5- Parcela 10 y, correspondiente a la Partida Nº 22144.-
ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1094/04 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, y de Protección Ciudadana y Habilitaciones.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-