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Decreto Nº1278/22

Decreto Nº 1278/22

General Pueyrredon, 07/06/2022

Visto

 

VISTO lo actuado a través del Expediente 11532-3-2021 Cpo. 1, vinculado a la situación laboral del agente Gonzalo Ezequiel Cipriotti, Legajo Nº 27.253/1, y

Considerando

 

la Dirección Sumarios, dependiente de la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa, ha emitido dictamen a fs. 64/69.

 

Que a través del ítem 2 de este último se ha recomendado: “a modo precautorio trasladar al agente sumariado a otra Unidad Ejecutora que no dependa de la Dirección General de Personal.”

 

Que tal temperamento ha sido receptado por el Decreto Nº 0959/2022,  art. 4º dando intervención a la Secretaría de Gobierno a efectos de cumplimentar la medida aconsejada por la Dirección de Sumarios.

 

Que en relación a ello la Secretaría de Gobierno a fs. 85 informa que se deberá proceder al traslado del  agente al Departamento Servicios Generales dependiente del Ente Municipal de Servicios Urbanos.

 

Que procede el dictado de un acto administrativo que brinde respaldo a las acciones a implementar.

 

Que por lo expuesto corresponde dar de alta al agente Cipriotti en la referida dependencia, otorgándosele la Bonificación por Tarea Riesgosa equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%), como así también el Adicional por Título Terciario y el Fondo Compensador, de acuerdo a lo establecido en los artículos 20º inc. i), 46º y 63º respectivamente, de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente, dándosele de baja del cargo que viene desempeñando.

 

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º.- Dáse de alta, a partir del 8 de junio de 2022, al agente  GONZALO EZEQUIEL CIPRIOTTI (Legajo Nº 27.253/2  – CUIL 20-30009172-6), como TECNICO IV (C.F. 4-18-67-01 – 40 hs. semanales), en el DEPARTAMENTO SERVICIOS GENERALES  dependiente del Ente Municipal de Servicios Urbanos (U.E. 01-15-0-0-0-00), dándosele de baja del cargo de - TECNICO IV (C.F. 4-18-67-01 – 40 hs. semanales – Nº de Orden 5534 – Legajo Nº  27.253/1 - U.E. 02-18-2-1-3-01), dándosele por finalizado el pago de las Bonificaciones que viene percibiendo. Quien se encuentra con reducción horaria, cumpliendo 35 hs. semanales hasta el 30 de noviembre de 2022, inclusive, otorgada mediante Resolución Nº 0348/22, la cual continuará en el Ente Municipal de Servicios Urbanos (U.E. 01-15-0-0-0-00).

 

ARTÍCULO 2º.- Otórgase, al agente mencionado en el Artículo 1º del presente Decreto, a partir del 8 de junio de 2022, la Bonificación por Tarea Riesgosa equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%), de acuerdo a lo establecido en el artículo 20º inc. i) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 3º.- Otórgase, al agente mencionado en el Artículo 1º del presente Decreto, a partir del 8 de junio de 2022, el ADICIONAL POR TÍTULO TERCIARIO, de conformidad a lo establecido en el artículo 46º de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.

 

ARTICULO 4º.- Otórgase,  al agente mencionado en el Artículo 1º del presente Decreto, a partir del 8 de junio de 2022, el Fondo Compensador, de acuerdo a lo establecido en el artículo 63º de la Ordenanza Complementaria de  Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 5º.-  La Contaduría del Ente Municipal de Servicios Urbanos adoptará los recaudos pertinentes, a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente, el egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente.

 

ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor  SECRETARIO DE GOBIERNO y el señor PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE SERVICIOS URBANOS.

 

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal, comuníquese  por la Dirección de Personal, y dese intervención al Ente Municipal Servicios Urbanos.

BONIFATTI        D´ANDREA           MONTENEGRO