Boletines/Tandil

Decreto Nº1899/2022

Decreto Nº 1899/2022

Tandil, 07/06/2022

Visto

El Acta Acuerdo de fecha 23 de Mayo de 2022 referida al mejoramiento de las condiciones salariales del personal de la Dirección General de Obras Sanitarias;

Considerando

Que se ha expedido al respecto la Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Presupuesto y Contaduría General.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Incrementase el valor base del Nivel 1 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 945/2008 “E” vigente al 1º de Marzo de 2022, en un veinte por ciento (20%), quedando el mismo en Pesos Treinta y Siete Mil treinta y tres con sesenta y dos centavos ($ 37.033,62), a partir del 1° de Mayo de 2022-

Artículo 2°: Incrementase el valor base del Nivel 1 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 945/2008 “E” vigente al 1º de Marzo de 2022, en un veinte por ciento (20%) quedando el mismo en Pesos Cuarenta y Tres Mil doscientos cinco con ochenta y nueve centavos ($ 43.205,89), a partir del 1° de Agosto de 2022.

Artículo 3°: Otorgase a los trabajadores municipales que revisten los niveles 1 a 7, de acuerdo a art. 534 del CCT 945/08, exceptuando al Director General, una suma No Remunerativa de Pesos Veinticinco Mil ($ 25.000), abonándose Pesos Veinte Mil ($ 20.000) junto al pago de las remuneraciones correspondientes al mes de Noviembre de 2022 y Pesos Cinco Mil ($ 5000) con el pago de las remuneraciones correspondientes al mes de Enero de 2023.

Artículo 4º: El egreso respectivo impútese a las partidas 1.1.1.3 “Personal Profesional”, 1.1.1.4 “Personal Técnico”, 1.1.1.6 “Personal Administrativo”, 1.1.1.7 “Personal Obrero”, 1.1.1.8 “Personal de Servicio” y demás específicas del inciso Gastos en Personal, dentro de la clasificación institucional l – Sector Público Municipal no Financiero – 1.1. – Administración Municipal- 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01 – Departamento Ejecutivo, todo ello dentro del Presupuesto de Gastos vigente para el ejercicio en curso.

Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 6°: Regístrese, notifíquese, tomen conocimiento la Dirección General de Obras Sanitarias, Contaduría General, Dirección de Presupuesto y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                                 Secretaría de Gobierno          -                  Intendencia