Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 2123
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 01/06/2022
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada por MARIA DEL PILAR GONZÁLEZ MARTÍNEZ, DNI Nº 32.026.943, donde solicita una explicación sobre el aumento sufrido en la partida 189768 de un terrino baldío, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Departamento Catastro informa con fecha 14 de marzo de 2022 que al inmueble identificado catastralmente como Circ II - Secc A - Mz 42y - Partida 189768 se le deberán reliquidar las tasas por servicios públicos y tasa de salud desde la cuota 01/2022 debido que se efectuó un cambio de zona y se omitió el tope de ajuste;
Que el Articulo 90º de la Ordenanza Fiscal vigente establece que “…La actualización el estado parcelario, deberá ser solicitada por los propietarios y/o poseedores y se efectuará en base a los planos aprobados por la repartición que corresponda, hoy denominada Gerencia de Aprobación de planos de Mensura, dentro de ARBA de la Provincia de Buenos Aires. Las nuevas partidas resultantes de la subdivisión y/o modificación del inciso a) del artículo anterior regirán a partir del período siguiente al de la fecha de solicitud, excepto en el caso que uno o varios de los copropietarios del inmueble a subdividir solicite la actualización del estado parcelario en forma retroactiva fundadamente y previo informe del área técnica responsable del CATASTRO ECONÓMICO del que deberá surgir la inexistencia de perjuicio fiscal para la Municipalidad. Sin perjuicio de lo establecido, la Municipalidad procederá a la subdivisión de oficio de las partidas, cuando lo considere conveniente. En todos los casos las partidas de origen no deberán registrar deuda hasta la cuota vencida anterior al de la solicitud…”;
Por lo expuesto y lo informado por el Departamento Recaudación con fecha 17 de mayo de 2022, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 2900/2021:
- RESUELVE -
ARTICULO 1º): Rectificar la cuenta corriente de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, y Tasa de Salud, de las partida Nº 189768. Realizados los cálculos correspondientes, deberá abonar por mes de la siguiente manera:
* Cuota 01/2022 hasta 12/2022: la suma de $2.247,96 en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, y la suma de $786,79 en concepto de Tasa de Salud, en un todo de acuerdo a lo considerado de la presente resolución.-
ARTICULO 2º): Cumplir, dar al R.O., notificar, tome nota Departamento Recaudación, Departamento Catastro. Hecho: ARCHIVAR.-