Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 20663
Bahia Blanca, 23/05/2022
VISTO
El proyecto de ordenanza obrante a fojas 13, referido al pago de la suma salarial correspondiente al agente Ivo Reynaldo Mario GARCIA, legajo Nº 12.570. dependiente del Departamento Recaudación, en razón de su designación interina en categoría 05/2A, y;
CONSIDERANDO
Que, por Resolución Nº 862/2022 se designó al agente Ivo Reynaldo Mario GARCIA, legajo Nº 12.570, dependiente del Departamento Recaudación, con carácter de interino en categoría 05/2A, manteniendo su categoría efectiva y su carga horaria semanal, a partir del 1º de noviembre de 2021.
Que, atento lo dispuesto en el Artículo Nº 140º del Reglamento de Contabilidad para Municipios y Nº 54º del Decreto Nº 2980, que expresa; “El Departamento Ejecutivo no podrá reconocer deudas de ejercicios anteriores no registradas en la contabilidad municipal, sin previa comprobación – hecha en expediente especial – de la legitimidad del derecho invocado por el acreedor. Cumplido este paso, para abonar la deuda deberá requerir y obtener autorización del Concejo.
En el precitado expediente se acumularán todas las constancias que posea la comuna (autoridades, funcionarios o empleados que dispusieron el gasto, fecha del compromiso, etcétera), y se le agregarán los pedidos de suministros, órdenes de compra y todo otro documento que permita fijar con exactitud la administración que dio origen al compromiso, como asimismo la indudable recepción de los efectos adquiridos o la real prestación de los servicios cuyo pago se reclama. Además se indicará la imputación que hubiera correspondido al gasto en el presupuesto del año de origen.
Cumplidos todos los requisitos precedentes se dará vista a quien haya estado a cargo del Departamento Ejecutivo en la fecha de contratación del compromiso o, en su defecto, se documentará la imposibilidad de hacerlo. Y cubiertos estos recaudos, el Departamento Ejecutivo, solicitará del Concejo autorización para registrar la deuda y efectuar al pago”.
Que, el Departamento Administración de Personal adjunta a fojas 10 y 11 el detalle de la liquidación pertinente y el Departamento Contaduría informa, a fojas 12, que el gasto mencionado en el presente expediente no se encuentra contemplado en el ejercicio económico 2021, por lo cual no está incluido en la Deuda Flotante y su imputación correspondería en su año de origen, a las Partidas 1115, 1131, 1140, 1161 y 1162, Categoría Programática 01.01.00, Fuente 110, Jurisdicción 1110103000.
Por todo lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona con fuerza de;
ORDENANZA
Artículo 1º - Autorízase al Departamento Ejecutivo, a través del Departamento Administración del Personal a liquidar a favor del agente Ivo Reynaldo Mario GARCIA, legajo Nº 12.570, dependiente del Departamento Recaudación, el importe de DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($ 18.996,81.-) en concepto de Diferencia por Categorización, al importe mencionado se le descontará el concepto de contribuciones y aportes patronales resultando un líquido a percibir de DOCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS ($ 12.488,53.-), en un todo de acuerdo a los antecedentes emanados del expediente.
Artículo 2º - El gasto que demande lo dispuesto en el Artículo 1º deberá imputarse a las Partidas 1115, 1131, 1140, 1161 y 1162 Categoría Programática 01.01.00, Fuente 110, Jurisdicción 1110103000.-
Artículo 3º - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.