Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº2012

Resolución Nº 2012

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 19/05/2022

Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada a foja 1 por Viviana E. Gomez, en carácter de Gerente del INSTITUTO DE CUSTODIA Y ADAPTACIÓN PARA DISMINUIDOS PSICOFÍSICOS (INCUDI), por medio de la cual solicita la exención de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, respecto de las Partidas Nº 7.342, 86.832, 14.060 y 11.106; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo Nº 83 Apartado 1 Inciso b) de la Ordenanza Fiscal prescribe que “Los sujetos que a continuación se indican, podrán gozar de las siguientes rebajas: 1) De hasta el ochenta por ciento (80%): “Instituciones con fines exclusivos de carácter asistencial: hospitales, sanatorios de discapacitados, y geriátricos o similares; de carácter cultural, como bibliotecas u otras expresiones de arte, todas debidamente inscriptas como entidades de bien público, con personería jurídica, por los inmuebles que les pertenezcan en propiedad o usufructo y sean totalmente destinados a los fines específicos de la entidad y/o contemplados en sus estatutos.

Los beneficios de este apartado serán otorgados a petición de los interesados y tendrán vigencia mientras se mantengan las condiciones establecidas al momento de su otorgamiento.”;

Que, el Artículo Nº 22 de la Ordenanza citada ut supra prescribe: "Ninguna dependencia comunal dará curso a trámites o gestiones relacionados con bienes muebles e inmuebles, negocios o actos sujetos a obligaciones fiscales con este Municipio, no procediendo el otorgamiento de visaciones, autorizaciones, aprobaciones o certificaciones hasta tanto no se acredite el cumplimiento de aquellas con la respectiva constancia de pago, certificado de libre deuda, o se acredite el principio de ejecución del correspondiente convenio de pago de las obligaciones incumplidas.";

Que, la Jefa del Departamento Catastro informa a fojas 8 que en los inmuebles que registra INCUDI como titular de dominio y responsable de pago se identifican catastralmente como: Circ.: I Secc: B Mz.: 67 Parcela: 3 Partida Nº 7.342 destino: Centro de Día, Circ.: II Secc: C Mz.: 217v Partida Nº 86.832 destino: Residencia Hogar Terapèutico para Discapacitados, Circ.: I Secc: B Mz.: 58 Parcela: 17a U.F. 1 Partida Nº 14.060 destino: Escuela y Administración y Circ.: II Secc: C Mz.: 218i Parcela: 4 Partida Nº 11.106 destino: Vivienda Familiar;

Que, a fojas 14 la Jefa a cargo del Departamento de Recaudación informa que corresponde otorgar una reducción de hasta el 80% en el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública a partir de la cuota 01/2022 al Instituto de Custodia y Adaptación para Disminuidos Psicofísicos, por los inmuebles identificados con las Partidas Nº 7.342, 86.832 y 14.060, no correspondiendo para la Partida Nº 11.106 debido que se trata de una vivienda familiar;

Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

R E S U E L V E -

ARTÍCULO 1º: Otorgar al INSTITUTO DE CUSTODIA Y ADAPTACIÓN PARA DISMINUIDOS PSICOFÍSICOS (INCUDI) la rebaja en un 80% en las Partidas Nº 7.342, 86.832 y 14.060, del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, a partir de la cuota 01/2022, conforme a lo establecido en el Artículo Nº 83 Apartado 1 Inciso b) de la Ordenanza Fiscal 2022 y en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º: Denegar lo solicitado por Viviana E. Gomez, en carácter de Gerente del INSTITUTO DE CUSTODIA Y ADAPTACIÓN PARA DISMINUIDOS PSICOFÍSICOS (INCUDI)en relación a la Partida Nº 11.106, conforme a lo establecido en el Artículo Nº 83 Apartado 1 Inciso b) de la Ordenanza Fiscal 2022 y en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º: Cumplir, dar al R.O., notificar, tomar nota Departamento Recaudación; hecho, ARCHIVAR.-