Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº2004

Resolución Nº 2004

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 17/05/2022

Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada a fojas 1, por LEONARDO GABRIEL IMAZ, D.N.I. 26.704.527, Contribuyente Nº 83.188mediante la cual solicita se lo exima del pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, por encontrarse encuadrado en la Ley Provincial Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) y sus disposiciones complementarias; y,

CONSIDERANDO:

Que, de la documentación aportada por el contribuyente y el análisis realizado por el Departamento Recaudación se desprende que, la actividad llevada a cabo por el recurrente se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca a través de la Ordenanza Nº 12.925;           

Que, el Artículo Nº 4 de la Ordenanza Nº 12.925 prescribe: “Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) podrán gozar de la eximición de las tasas y derechos municipales que a continuación se detallan, según corresponda:

  1. Tasa por habilitación.

  2. Tasa por inspección de seguridad e higiene.

  3. Tasa por inspección veterinaria.

  4. Derechos de construcción.

  5. Derechos de oficina, solamente en lo referente a las actuaciones

  6. Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios (Agregado por Ordenanza 17.233)”;

Que, el recurrente se encuentra inscripto en la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, bajo el Contribuyente Nº 83.188;

Por todo lo expuesto, y en virtud del informe del Departamento Recaudación obrante a fojas 6 y 8, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:

- RESUELVE -

ARTÍCULO 1º): Eximir a LEONARDO GABRIEL IMAZ, D.N.I. 26.704.527, Contribuyente Nº 83.188 en el pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, desde el 15/09/2018 y hasta el 14/09/2019, de acuerdo a lo prescripto por la Ordenanza Nº 12.925 y  los considerandos de la presente resolución.-

ARTÍCULO 2º): Notificar a LEONARDO GABRIEL IMAZ, D.N.I. 26.704.527, Contribuyente Nº 83.188que, atento lo prescripto por el Artículo Nº 6 de la Ordenanza Nº 12.925 “Las Beneficiarias de la presente y por el plazo que a las mismas se le otorguen, quedan obligadas a suministrar los informes que se les requieran referidos a la actividad promovida, facilitar las verificaciones y/o fiscalizaciones de sus instalaciones a solicitud de la autoridad municipal. Todo incumplimiento a las obligaciones emergentes de la presente, hará pasible a la beneficiaria de las siguientes sanciones:

  • Perdida de los beneficios acordados, desde el momento en que haya incurrido en infracción.

  • Devolución de todos los importes y pago de tasas con que hubiera resultado beneficiaria por la aplicación de los beneficios enunciados en el articulo cuarto, vigente en el momento en que se constate el incumplimiento.”-

ARTÍCULO 3º): Notificar a LEONARDO GABRIEL IMAZ, D.N.I. 26.704.527, Contribuyente Nº 83.188, que, atento lo prescripto por el Artículo Nº 4 último párrafo de la Ordenanza Nº 12.925, la renovación de la eximición por un (1) año más deberá ser aprobada por el Honorable Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 4º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Recaudación, hecho: ARCHIVAR.-