Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1197
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 23/05/2022
Visto la Solicitud de Pedido N°2645 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales para dempeñar funciones como Abogada en el Equipo Técnico del Servicio Local Villa Rosas I; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la prestación de servicios de una persona para formar parte del Equipo Técnico del Servicio Local Villa Rosas I, que desempeñe tareas como abogada, a efectos de trabajar en el abordaje de situaciones de vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes,
Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la solicitud de declaración de incompetencia; la cual responde a que si bien existe personal en el Servicio Local con la misma profesión, no podría ocupar dicho espacio por ser parte integrante de otro Equipo Técnico cumpliendo cotidianamente con las tareas asignadas, y si temporalmente se asignará a uno de ellos para cubrir dicha vacante quedaría el Equipo correspondiente incompleto impidiendo así cumplir con la función específica en tiempo y forma; considerando asimismo que cada Equipo Técnico desarrolla sus tareas en una jurisdicción territorial designada.
Que se realizó el correspondiente proceso de selección del personal requerido en base a toda la documetación presentada, la que fue oportunamente evaluada y de la cual surge la seleccion de la Sra. Guber, Mara Daiana, D.N.I 35.416.416, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para el cumplimiento de las tareas asignadas, conforme al acta de seleccion que obra en fs.14 Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; la cual responde a que si bien existe personal en el Servicio Local con la misma profesión, no podría ocupar dicho espacio por ser parte integrante de otro Equipo Técnico cumpliendo cotidianamente con las tareas asignadas, y si temporalmente se asignará a uno de ellos para cubrir dicha vacante quedaría el Equipo correspondiente incompleto impidiendo así cumplir con la función específica en tiempo y forma; considerando asimismo que cada Equipo Técnico desarrolla sus tareas en una jurisdicción territorial designada.
SEGUNDO: Adjudíquese a la señora Guber, Mara Daiana, D.N.I 35.416.416, la prestación de servicios como Abogada del Servicio Local sede Villa Rosas I, a partir del 1 de junio y hasta el 31 de agosto de 2022, y por la suma total de pesos docientos un mil séicientos noventa y cinco con cuarenta y tres centavos ($201.695,43), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Coordinación del Servicio Local.
CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.