Boletines/Mercedes

Resolución Nº273/2022

Resolución Nº 273/2022

Mercedes, 26/05/2022

Visto

El Expediente N° 4075-897/2022 caratulado: “Dirección de Tierras y Hábitat – Agüero, Catalina - solicita Escrituración Gratuita con Interés Social – Ley 10.830 – Partida 18.628” por el cual la Sra. AGÜERO, Catalina con D.N.I. 23.000.454, casada en primeras nupcias con el Sr. SENA, Sixto Alejandro con D.N.I. 21.621.893, solicita la Escrituración Social Gratuita del inmueble identificado catastralmente: Circunscripción 9, Sección B, Manzana 24, Parcela 6, Partida Inmobiliaria 18.628; y:

Considerando

             Que con fecha 1º de noviembre de 2021 la Sra. AGÜERO, Catalina con D.N.I. 23.000.454, casada en primeras nupcias con el Sr. SENA, Sixto Alejandro con D.N.I. 21.621.893, firmó boleto de compraventa con esta Municipalidad sobre el inmueble con Nomenclatura Catastral: Circ. 9, Sección B, Manzana 24, Parcela 6 ubicado en el Partido de Mercedes (71);

            Que la cláusula tercera del mentado boleto reza: “La Municipalidad de Mercedes procederá a tramitar la escritura traslativa de dominio, siempre y cuando los compradores cumplan los términos de la Ley 10.830 que permite la Escrituración Social. Sin perjuicio de ello, los gastos de escrituración que podría demandar en caso de no corresponder, serán afrontados por cada familia a quien no se la pueda declarar bajo interés social de dicha ley;

Que la Ley 10.830 exige como requisito el carácter de vivienda única, familiar y de ocupación permanente;

            Que de la Consulta al Índice de Titulares remitida por el Registro de la Propiedad de la provincia de Buenos Aires surge que el Sr. SENA, Sixto Alejandro con D.N.I. 21.621.893 registra titularidad a su nombre de un inmueble ubicado en el partido de Escobar (118) identificado con Partida Inmobiliaria: 27.460 por lo que incumple los Términos de la Ley 10.830, imposibilitando su tramitación por Escrituración Social Gratuita debiendo realizarse la escritura por intermedio de un escribano particular;

Por tales motivos, y en mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Conceder a los Sres. AGÜERO, Catalina con D.N.I. 23.000.454 y SENA, Sixto Alejandro con D.N.I. 21.621.893 el plazo de 30 días hábiles para realizar ante notario matriculado que se designe, la escritura traslativa de dominio con hipoteca a favor de la Municipalidad de Mercedes, por el monto consignado en el boleto del inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circunscripción 9, Sección B, Manzana 24, Parcela 6, Partida Inmobiliaria 18.628 a su cargo.

Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción de los art. 65, 86 y 89 de la Ordenanza General N° 267/80.-