Boletines/Mercedes
Resolución Nº 269/2022
Mercedes, 24/05/2022
Visto
El expediente N° 3818 del año 2021 caratulado: “ROMERO YAMILA BEATRIZ S/ PLAN VIVIENDA O TERRENO”, y:
Considerando
Que en virtud de procurar una eficiente gestión administrativa municipal, se realiza un cruzamiento de datos entre la Dirección de Tierras y Hábitat y la Secretaría de Desarrollo de la Comunidad, del que surge que la peticionante de autos se encuentra registrado en el Programa “Mejora Habitacional”, por el cual recibió vales de materiales de construcción para mejorar un inmueble con ánimo de vivienda permanente;
Que por tal se notificó al domicilio denunciado por la peticionante en Declaración Jurada, que deberá presentar descargo por escrito en el plazo perentorio de 10 (diez) días hábiles bajo apercibimiento de dar por desistida su solicitud por obstrucción a la investigación e incumplimiento del inc. 3°, articulo 19° de la Ordenanza 7982/2017, sobre obtener los materiales a los fines levantar una construcción en un inmueble con ánimos de vivienda permanente; por lo que presentó un descargo donde manifiesta que los materiales que recibió fueron utilizados para hacer una habitación en la vivienda de la madre , manifestando su deseo a renunciar al programa “Mejora Habitacional”;
Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1987, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que RESUELVO:
Artículo 1°: Considerar válido el descargo formulado y declarar la continuidad de la Sra. ROMERO YAMILA BEATRIZ con DNI 27.604.015 en el Programa MI TERRENO, atento que no resuelve el problema habitacional.
Artículo 2°: Notifíquese con transcripción de los art.65 y 86 de la Ordenanza General 267/80.
Artículo 3°: Hágase las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes en caso estime corresponder (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).