Boletines/Mercedes

Resolución Nº260/2022

Resolución Nº 260/2022

Mercedes, 17/05/2022

Visto

El expediente N° 4111 del año 2020 caratulado: “CORNEJO MARIA DE LOS ANGELES S/ PROGRAMA MI TERRENO”, quien solicita ingresar junto con el Sr. Lucero Enzo Leonel, y:

Considerando

Que en virtud de procurar una eficiente gestión administrativa municipal, se realiza un cruzamiento de datos entre la Dirección de Tierras y Hábitat y  la Secretaría de Desarrollo de la Comunidad, del que surge que la peticionante de autos se encuentra registrada en el Programa “Mejora Habitacional”, por el cual recibió vales de materiales de construcción para mejorar un inmueble con ánimo de vivienda permanente;

Que por tal se notificó al domicilio denunciado por la Sra. Cornejo María de los Angeles en la Declaración Jurada, que deberá presentar descargo por escrito en el plazo perentorio de 10 (diez) días hábiles bajo apercibimiento de dar por consentida la misma, respecto de la obtención de materiales a los fines de levantar una construcción  en un inmueble con ánimos de vivienda permanente en un terreno cedido por su padre; por lo que presentó un descargo donde manifiesta que su padre falleció cuando ella tenía 2 años, y que nunca recibió materiales, expresando además su deseo de renunciar al Programa Mejora Habitacional;

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1987, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Considerar válido el descargo formulado y declarar la continuidad de la Sra. CORNEJO MARIA DE LOS ANGELES con DNI 29.623.600 y del Sr. LUCERO ENZO LEONEL con DNI 28.730.863 en el Programa MI TERRENO, atento que no resuelven el problema habitacional.

Artículo 2°: Notifíquese con transcripción de los art.65 y 86 de la Ordenanza General 267/80.

Artículo 3°:Hágase las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes en caso estime corresponder (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).