Boletines/Mercedes
Resolución Nº 236/2022
Mercedes, 04/05/2022
Visto
Que en el marco del expediente N° 7466/2021 caratulado: “MORETTI SANDRA- Solicita regularización dominial” la Sra. Moretti Sandra, Beatriz con D.N.I 22.624.360, solicita regularización dominial de un inmueble cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción I; Sección D; Manzana 374; Parcela 5. Partida Inmobiliaria: 9528, y:
Considerando
Que a fs. 9 y vta., obra una cesión de boleto de compraventa, entre la Sra. GUEVARA CELIA con D.N.I 4.593.623(la “cedente”) y la Sra. SANDRA BEATRIZ MORETTI (la “cesionaria”) con D.N.I 22.624.360 con fecha 14 de diciembre de 1994 del inmueble;
Que a fs.1 de fecha 27/12/2021 la Sra. Moretti Sandra, Beatriz con D.N.I 22.624.360 solicita apertura de un expediente administrativo municipal, pidiendo regularizar la situación de un inmueble lo cual consta;
Que a fs.10-25 obran constancias de pago de servicios y tasas generales del inmueble ubicado en sito calle 10 N°275 e/ 11 y 13 Mercedes (B), siendo concordante con la nomenclatura denunciada;
Que a fs.27-28 de fecha 15/03/2022 consta una declaración jurada realizada ante escribano público por la Sra. Moretti, Sandra Beatriz, donde manifiesta que habita en el inmueble hace más de 20 años;
Que para continuar con el trámite administrativo esta dirección realiza un estudio de título y planimetría sobre el inmueble, y por consultando la cartografía digital de Arba, se constató que el inmueble carece de plano de mensura como requisito indispensable para la aplicación de ley 24.320;
Que como autoridad y en mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1987, donde el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que:
RESUELVO:
Artículo 1°: Establecer como requisito para tramitar la regularización dominial ley 24.320, que la Sra. MORETTI, SANDRA BEATRIZ D.N.I 22.624.360, presente plano de mensura el cual pretende prescribir realizado en forma particular con intervención de agrimensor matriculado a su cargo, o en su defecto manifieste la opción de hacerlo por Ley 24. 374 para lo que deberá acreditar posesión continúa desde 2006.
Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula con transcripción del art. 65, 86 y 89 de la Ordenanza General N° 267/80.-