Boletines/Daireaux

Ordenanza Nº2459/2022

Ordenanza Nº 2459/2022

Daireaux, 11/03/2022

La importancia del sector agropecuario en nuestro Distrito y la amplia diversidad de factores endógenos y exógenos que impactan en el sector y

CONSIDERANDO:

Que quienes mejor conocen la problemática rural, en general y vial, en particular, son quienes viven y/o trabajan en la zona rural.

       Que experiencias de años anteriores muestran el beneficio de los aportes  de este tipo de mesas  representativas del sector agropecuario.

       Que el ámbito de estas comisiones podría transformarse en un espacio de recepción, intercambio, consulta y acción, en aspectos relevantes que alcanzan al sector como, caminos, producción, medio ambiente, energía, control de plagas, seguridad, tasas, entre otros.

       Que la representación de todas las entidades relacionadas con el sector agropecuario del partido en una misma, mesa garantiza una evaluación conjunta de prioridades y una acertada toma de decisiones.

       Que un trabajo serio y permanente de todo el sector estará ligado a mejorar las condiciones en general de quienes viven y/o trabajan en el sector rural.

Por ello:

ORDENANZA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Crease la Mesa Agropecuaria en el  distrito de Daireaux, la que  estará integrada por un (1) representante en carácter de titular y un (1) representante suplente, de las siguientes Entidades: Sociedad Rural, Centro de Acopiadores de Cereales, Cámara de Comercio , Industria y Producción, Centro de Apicultores, Cooperativas de Horticultores, Porcinos y Avícola, Cámara de Aplicadores, Centro de Transportistas, Consignatarios de Hacienda, Colegio de Veterinarios, Colegio de Ingenieros Agrónomos, el/a Secretario/a de Desarrollo Económico, Educación y Empleo, el/a Secretario/a de Obras Públicas,  un (1) representante de la Patrulla Rural,  un (1) representante de cada bloque político con representación en el H.C.D.-------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Los miembros designados ejercerán sus funciones “ad honorem” y deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Residencia permanente en el Distrito de Daireaux. 
  2. Ser mayor de edad.
  3. Ser propietario, arrendatario o bien desarrollar profesión y/o actividad vinculada al sector agropecuario.--

 

ARTÍCULO 3º: Serán atribuciones  de la Mesa Agropecuaria:

  • Recibir problemáticas que incumban al sector rural que puedan ser resueltas directa o indirectamente desde la órbita municipal. (Medio ambiente, producción, caminos, seguridad, energía, plagas, etc.)
  • Intervenir en la identificación de prioridades de acción para el área rural.----

ARTICULO 4º: La Mesa Agropecuaria dictara su propio reglamento de funcionamiento. ------------------------------------------------------------------------

ARTICULO 5º: CUMPLASE, COMUNIQUESE, REGISTRESE Y ARCHIVESE.---