Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº1131/22

Decreto Nº 1131/22

Publicado en versión extractada

General Pueyrredon, 20/05/2022

ARTÍCULO 1º.- Desígnanse, a partir del 24 de mayo de 2022, a las personas que seguidamente se detallan, como INSPECTOR INICIAL (C.F. 15-02-74-01 – 45 hs. semanales) con dependencia del Departamento Cuerpo de Patrulla Municipal de Seguridad (U.E. 17-09-3-0-2-00), en Planta Permanente y con carácter provisional hasta el cumplimiento del plazo establecido en el Artículo 4º de la Ley 14656.

 

  • PATRICIA SILVIA BELLANI – Legajo Nº 36.265/2 – CUIL 27-28470493-8.
  • ALE JULIAN FRATTINI – Legajo Nº 36.249/2 – CUIL 20-39834377-9.
  • GIANFRANCO PICCOLO – Legajo Nº 35.462/4 – CUIL 20-42230912-9.

 

ARTÍCULO 2º.- Desígnase, a partir del 24 de mayo de 2022, al señor LUCIANO JESUS OSCAR HERRERA – Legajo Nº 36.371/2 – CUIL 24-30720682-6, como PERSONAL DE SERVICIO INICIAL (C.F. 7-01-74-01 – 45 hs. semanales), con dependencia del Departamento Cuerpo de Patrulla Municipal de Seguridad (U.E. 17-09-3-0-2-00), en Planta Permanente y con carácter provisional hasta el cumplimiento del plazo establecido en el Artículo 4º de la Ley 14656.

 

ARTÍCULO 3º.- Acuérdase,  a los agentes mencionados mediante el presente Decreto, a partir del 24 de mayo de 2022, la Bonificación por Francos Fijo y/o Rotativos equivalente al TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 4º.- Acuérdase, a los  agentes mencionados mediante el presente Decreto, a partir del 24 de mayo de 2022, la Bonificación por Tarea Riesgosa equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 5º.-  Déjase expresamente establecido que el agente Luciano Jesús Oscar Herrera, designado como personal de servicio inicial, le corresponde las mismas Bonificaciones que el resto de los ingresantes, ya que cumplirá funciones en la vía pública, colaborando en tareas de logística operativa, sin realizar boletas por infracción tarea asignada a los inspectores.

 

ARTÍCULO 6º.-  La Secretaría de Economía y Hacienda, adoptará los recaudos pertinentes, a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente, el egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente.

 

ARTÍCULO 7º.- El presente decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE SEGURIDAD y DE GOBIERNO.

 

ARTÍCULO 8º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.

Ab/Elg

GARCIA          BONIFATTI    MONTENEGRO