Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 0869/22
General Pueyrredon, 27/05/2022
Visto
la Ordenanza 20.760 -Estatuto del Personal Docente Municipal-, Capítulo VI; y
Considerando
Que el Sistema Educativo Municipal, conformado por Niveles Inicial, Primario, Secundario y Superior y Modalidades de la Enseñanza Artística, Educación Física, Psicología Comunitaria y Pedagogía Social y Formación de Jóvenes, Adultos, Adultos Mayores y Formación Profesional posee una amplia oferta educativa.
Que es necesario llamar a Inscripción 2022 a los docentes para conformar Listados Oficiales para cobertura de cargos/horas cátedra/módulos interinos y suplentes, a partir del ciclo lectivo 2023, en Instituciones Educativas Municipales dependientes de la Secretaría de Educación Municipal.
Que en virtud de las necesidades observadas por las Secretarias Técnicas de cada Nivel/Modalidad y el Tribunal de Clasificación es indispensable la inscripción para Listados Oficiales de los cargos y de los módulos/horas cátedra de las asignaturas que se detallan en el Anexo I.
Que esta convocatoria propone a los interesados la realización de una inscripción virtual disponible en la página web www.mardelplata.gov.ar, sitio oficial de esta Municipalidad.
Que esta inscripción docente permitirá contar con Listados Oficiales que entrarán en vigencia a partir del Ciclo Lectivo 2023.
Por ello y en uso de las facultades delegadas por Decreto 916/20,
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Reglamento de Convocatoria a Inscripción a Listados Oficiales para cobertura a partir del Ciclo Lectivo 2023, de cargos/horas cátedra/módulos, con carácter interino y/o suplente en Instituciones Educativas dependientes de esta Secretaría de Educación, que se detallan como ANEXO I.
ARTÍCULO 2° - Difundir el cronograma de la Convocatoria a Inscripción a Listados Oficiales estableciendo que la inscripción de carácter virtual se realizará accediendo a la página web, sitio oficial de esta Secretaría durante las 24 hs., desde las 09hs. del 30 de mayo de 2022 y hasta las 15 hs. del 10 de junio de 2022
ARTÍCULO 3º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar.
PUGLISI
REGISTRADO BAJO Nº 0869
ANEXO I
CONVOCATORIA 2022
INSCRIPCIÓN A LISTADOS OFICIALES 2023
REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN A LISTADOS OFICIALES 2023 PARA COBERTURA DE CARGOS/HORAS CÁTEDRA/MÓDULOS INTERINOS y SUPLENTES, EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS MUNICIPALES DE LOS DIFERENTES NIVELES y MODALIDADES DEPENDIENTES DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL
INSCRIPCIÓN A LISTADOS OFICIALES 2023
NIVEL INICIAL
Director
Secretario
Maestro de Sección
Preceptor
NIVEL PRIMARIO
Director
Secretario
Maestro de Año
Inglés Primario
NIVEL SECUNDARIO
Director
Secretario
Profesor de NTICX
Profesor Sistemas Tecnológicos
Profesor Lenguajes Tecnológicos
Profesor Procedimientos Técnicos
Profesor Operaciones unitarias y tecnologías de los materiales
MODALIDAD PSICOLOGÍA COMUNITARIA Y PEDAGOGÍA SOCIAL
Orientador Educacional
Orientador de los Aprendizajes
Orientador Social
Fonoaudiólogo
MODALIDAD EDUCACIÓN FÍSICA
Profesor en Educación Física Nivel Inicial
Profesor en Educación Física Nivel Primario
Profesor en Educación Física Nivel Secundario
Profesor en Educación Física y Corporeidad
Profesor en Prácticas Deportivas y Atléticas
Profesor en Prácticas Corporales y Deportivas en el Ambiente Natural
Profesor en Educación Física y Cultura
Profesor en Prácticas Gimnásticas y Expresivas I y II
Profesor en Prácticas Deportivas y Acuáticas
Profesor en Educación Física y Comunidad
Profesor en Prácticas Deportivas y Juegos
Profesor en Diseño y Gestión de Proyectos
MODALIDAD ARTÍSTICA
Profesor de Teatro Nivel Primario
Profesor de Teatro Nivel Secundario
Profesor Danzas Nivel Primario
Profesor de Danzas Nivel Secundario
Profesor de Plástica Nivel Primario
Profesor de Plástica Nivel Secundario
Profesor de Música Nivel Inicial
Profesor de Música Nivel Primario
Profesor de Música Nivel Secundario
CAPITULO I
DE LA CONVOCATORIA Y PERÍODO DE INSCRIPCIÓN VIRTUAL
Deberán abstenerse de inscribirse en materias y/o cargos respecto a los cuales no posean títulos habilitantes.
1.4. La Secretaría de Educación Municipal llama a inscripción abierta a docentes que reúnan los requisitos establecidos en la normativa vigente y posean título habilitante debidamente registrado ante la DGCyE para desempeñarse en cargos/horas cátedra/módulos anteriormente detallados, en instituciones educativas municipales dependientes de la Secretaría de Educación Municipal. Las Declaraciones Juradas serán cumplimentadas solamente en el formulario que se encontrará disponible al momento de la inscripción en la página Web: http//www.mardelplata.gov.ar/educacion, sitio oficial de esta Secretaría. El aspirante confeccionará su planilla, verificará los datos que ha consignado, siendo esta verificación de absoluta responsabilidad del aspirante. Al finalizar la inscripción Imprimirá la planilla cumplimentada, único comprobante válido como constancia de inscripción. Para completar los formularios, los interesados podrán consultar las instrucciones que se encuentran en el sitio Web oficial, accediendo a “Instructivo Inscripción Web”.
1.5. Ante cualquier dificultad causada por el servidor o el formulario de inscripción durante el período de inscripción Web, deberán comunicarse con el Tribunal de Clasificación Docente según el nivel y/o modalidad al que corresponda la consulta a las siguientes casillas de mail:
Nivel Inicial: tcd_ini@mardelplata.gov.ar
Nivel Primario: tcd_pri@mardelplata.gov.ar
Nivel Secundario:tcd_sec@mardelplata.gov.ar
Nivel Superior y Modalidad Artística: tcd_sup@mardelplata.gov.ar
Modalidad Educación Física: tcd_ef@mardelplata.gov.ar
Modalidad Psicología: tcd_ps@mardelplata.gov.ar
CAPÍTULO II
PAUTAS COMUNES DE INSCRIPCIÓN:
2.1. La inscripción del aspirante se completará indefectiblemente, cuando el docente finalice el formulario de Declaración Jurada de inscripción (recuerde imprimirlo), el cual de manera automática será remitido por el sistema vía mail al Tribunal de Clasificación Docente. La misma será ratificada automáticamente en el caso de que no se adjunte documentación. En los casos que se adjunte documentación, la inscripción será ratificada una vez que se presente lo declarado en la instancia virtual el día y horario del turno asignado por el sistema. De no completar esta instancia la inscripción quedará sin efecto.
2.2. La inscripción no dará lugar a el/los órdenes de mérito/s.
Ésta quedará efectivizada una vez que el Tribunal de Clasificación Docente analice la documentación y verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos.
2.3. Los requisitos (edad, títulos habilitantes y antigüedad docente como requisito para cargos de mayor jerarquía según normativa vigente) serán considerados al cierre de la fecha de inscripción.
2.4. Los antecedentes de aquellos inscriptos que cumplan con los requisitos exigidos se valorarán al 1º de marzo del 2022. Se considerarán como antecedentes los títulos bonificantes, cursos, concursos, antigüedad docente, publicaciones, comisiones y carrera en curso (Emitidos hasta el 01/03/2022 inclusive)
2.5. Es responsabilidad de cada docente verificar, en cualquier momento del año, que la documentación obrante en su legajo esté completa. Aquellos docentes que hayan tomado cargo por proyectos o con título en mano deberán verificar en la División Legajos de Educación que obre en el mismo el título habilitante debidamente registrado. Toda incorporación de documentación al legajo profesional es estrictamente personal.
2.6. Los docentes podrán declarar nueva documentación para su valoración en el mismo momento de la inscripción, completando el formulario habilitado al efecto el cual tiene carácter de declaración jurada. Los antecedentes allí enunciados serán presentados al Tribunal de Clasificación Docente o a la División Legajos de Educación (según corresponda) el día y horario del turno asignado. Dicha documentación podrá ser presentada por un representante munido del formulario correspondiente. Toda documentación entregada deberá coincidir con la registrada en la inscripción virtual, sin poder incorporarse otra al momento de su presentación. La inscripción finaliza una vez que se haya presentado la documentación correspondiente en la fecha y horario asignados por turnos. La falta de presentación de la documentación que voluntariamente fue declarada por el docente será motivo de anulación de la inscripción.
2.7. Para los aspirantes que no presenten nueva documentación, la inscripción será ratificada automáticamente por el sistema, no siendo necesaria su concurrencia (en estos casos el programa no permitirá la obtención de turno).
CAPÍTULO III
DE LOS ASPIRANTES:
3.1 Los aspirantes a cubrir horas cátedra/módulos/cargos interinos y/o suplentes deberán reunir, a la fecha de inscripción de esta convocatoria, los requisitos siguientes:
a) Ser argentino nativo, por opción o naturalizado. En este último caso tener CINCO (5) años como mínimo de residencia en el país y dominar el idioma nacional.
b) Poseer capacidad, aptitud psicofísica y conducta ética y moral inherente a la función.
c) Poseer título docente o habilitación docente, capacitación profesional o idoneidad debidamente certificadas afín con la especialidad que se requiere para cada uno de los Niveles y/o Modalidades de la enseñanza, según Ordenanza 20760 Art. n.º 63.
d) Presentar los títulos y antecedentes debidamente registrados ante la DGCyE de la provincia de Buenos Aires y constancias de calificación firmadas por autoridad competente.
e) No haber obtenido beneficio jubilatorio.
f) Poseer una edad máxima de cincuenta (50) años.
Sobrepasados dichos límites podrán ingresar hasta la edad que resulte de sumar a los (50) años, los servicios prestados, debidamente acreditados dentro de los últimos cinco (5) años en los niveles Inicial, Primario y Secundario y las modalidades Artística, Educación Física, Psicología Comunitaria y Pedagogía Social. En ningún caso la edad de los aspirantes podrá exceder los cincuenta y cinco (55) años y siempre que acredite un concepto no inferior a bueno o su equivalente.
Para el Nivel Superior, la Modalidad Artística en nivel Superior y la Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes, Adultos, Adultos mayores y Formación Profesional la suma de los servicios prestados deberá ser dentro de los últimos diez años y en ningún caso podrá exceder los sesenta (60) años de edad, siempre que acrediten un concepto no inferior a bueno o su equivalente.
Para todos los niveles y/o Modalidades, sobrepasado el límite de edad correspondiente, la acreditación de servicios prestados con anterioridad deberá ser en el mismo Nivel o Modalidad al que aspira.
La edad máxima será computada al momento de solicitud de ingreso del postulante.
Si al momento de la designación el docente excede el límite de edad no será designado.
El límite de edad establecido regirá solamente para los docentes que no registren desempeño vigente en el Sistema Educativo Municipal, en cualquier cargo del escalafón previsto en el Capítulo IV del presente Estatuto.
3.2 No se admitirán inscripciones de aspirantes que no cuenten a la fecha de inscripción con su Título Habilitante debidamente registrado ante la DGCyE.
CAPÍTULO IV
DEL TRIBUNAL
4.1 El Tribunal de Clasificación Docente (T.C.D.) recepcionará la Declaración Jurada de inscripción y el formulario de antecedentes de forma automática a través del sistema, según lo indicado en el item 2.1.
4.2 Verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos a la fecha de cierre de inscripción.
4.3 Valorará los antecedentes docentes, a los fines de su clasificación, al 1 de marzo de 2022.
4.4. Otorgará a los aspirantes un puntaje total surgido de la aplicación de puntajes parciales, establecidos en el instrumento de clasificación docente (anexo I- decreto 1285/12 y Decretos Modificatorios) y se habilitará al aspirante inscripto en cada uno de los cargos, según la incumbencia de su título. Se utilizará el Nomenclador Oficial de Títulos de la DGCyE, disponible en portal ABC a la fecha de inscripción.
4.5 Luego de la clasificación el T.C.D. expondrá los listados por orden de mérito para su Observación y Reclamo en la página web de la Secretaría de Educación Municipal, por el término de siete (7) días corridos, plazo improrrogable para que los interesados puedan efectuar observaciones y/o reclamos. La notificación del listado de docentes clasificados se tendrá por efectivamente realizada mediante la sola exhibición del mismo en el sitio web www.mardelplata.gob.ar/educacion. Será responsabilidad del aspirante efectuar las observaciones, no haciéndose lugar a las mismas fuera de este período.
4.6 Los reclamos se realizarán a través de mail a las casillas de correo correspondientes a cada nivel y/o modalidad. El asunto del mail deberá indicar APELLIDO Y NOMBRE, DNI, junto con la leyenda RECLAMO CLASIFICACIÓN INSCRIPCIÓN LISTADOS OFICIALES 2023. Serán respondidos por la misma vía, otorgándole el carácter de comunicación formal, notificación oficial contemplada como tal en la Ord 267/80.
4.7 Cumplido el plazo, y realizadas las verificaciones correspondientes, el listado adquirirá el carácter de Listado Liberado quedando los mismos disponibles para su utilización en las asambleas correspondientes.
4.8 Es facultad de la Secretaría de Educación establecer anualmente las pautas que regulan las designaciones.
4.9 Los listados para cobertura de los cargos/horas cátedra/módulos que forman parte de esta convocatoria tendrán validez a partir del ciclo 2023 y serán utilizados en las asambleas que se ejecuten en esta Secretaría y en segundo orden, cuando haya listados en vigencia provenientes de concurso.
4.10 Ante cualquier diferencia observada entre la Declaración Jurada obrante en el Tribunal de Clasificación Docente y la copia de la misma en poder del aspirante se tomará como válida la obrante en el Tribunal de Clasificación Docente.