Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº1130

Decreto Nº 1130

General Pueyrredon, 20/05/2022

Visto

el Decreto 311/21 y sus modificatorios, a través del cual se habilitaron y modificaron  Cajas Chicas para las distintas Dependencias, y

Considerando

Que mediante Decreto 216/2022 se autorizaron, rectificaron o ratificaron las Cajas Chicas habilitadas por Dependencia como así también sus responsables.

 

Que posteriormente se solicitó la apertura de caja chica para la Dependencia Dirección Despacho Secretaría Privada, la cual se tramita por expediente 4859/4/2022.

 

Que a través de los expedientes 6252/0/2021 y 255-5-2021 tramitan las respectivas cajas chicas de la Subsecretaría Asuntos Estratégicos y Control de Gestión y la Dirección General de Transporte, sobre las cuales se solicitó el cambio de responsables del manejo de los fondos de las mismas.

 

Que la Circular Nº 280 emanada del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, reglamenta la utilización de las “Cajas Chicas”.

 

Que por Resolución Nº 20/2020 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, se autoriza al Departamento Ejecutivo a la creación de Cajas Chicas cuyos montos no excedan de PESOS SESENTA Y CINCO MIL  ($ 65.000.-).

 

Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración, en artículo 235º  inciso a) punto 4), establece la obligatoriedad de la presentación de los instrumentos habilitantes de Cajas Chicas, como todo cambio de las mismas.

 

Que por Decreto Municipal Nº 2015/04 y su modificatorio Nº 83/15, se implementó el Régimen Operativo para el funcionamiento y rendición de cuentas de las Cajas Chicas.

 

Que la Contaduría Municipal realizó dictamen de su competencia según su informe de fs. 65 y 68.

 

Por ello, en uso de las facultades que le son propias

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

             D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Incorpórese al artículo 2º del Decreto Nº 216/22 el ítem 73 según el siguiente detalle:

 

Item

Dependencia

Responsable

Legajo

73

Dirección Despacho Secretaría Privada

González, Martín Alejandro

 24.014/2

 

ARTÍCULO 2º.- Modifícase los agentes mencionados en los ítems 42 y 68 del artículo 2º del Decreto Nº 216/22, designados como responsables del manejo de los fondos de caja chica:

 

Item

Dependencia

Responsable

Legajo

Obs.

42

Subsecretaría Asuntos Estratégicos y Control de Gestión

Iturria, Fabián Gabriel

36.224/1

Alta

68

Dirección General de Transporte

Caballero de Tineo, Daniel Omar

23.088/1

Alta

 

ARTICULO 3º.- Otórgase el beneficio de Fallo de Caja contemplado en la Ordenanza de Presupuesto vigente, a los agentes detallados en los artículos 1º y 2º del presente Decreto, dando de baja el beneficio a los responsables reemplazados.

 

ARTICULO 4º.-  Se deberán constituir las fianzas para los agentes mencionados en los artículos 1º y 2º del presente previstas en el Art. 218º y concordantes de la Ley Orgánica Municipal y Art. 37º del Reglamento de Contabilidad respectivamente, como así también, contratar los seguros de fidelidad, cuyo costo estará a cargo del agente responsables de las caja chica.

 

ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda.

 

ARTICULO 6º.- Regístrase, dése al Boletín Municipal, remítase una copia del presente al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires y para conocimiento y demás efectos, intervengan la Contaduría General, la Tesorería Municipal, la Dirección General de Contrataciones, la Dirección de Personal y la Dirección de Liquidación y Control de Haberes respectivamente.

 

BLANCO     MONTENEGRO