Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 861
Mar Chiquita, 20/05/2022
Visto
El Expediente Municipal Nº 407-C-2022 y;
Considerando
Que a fs. 01 obra solicitud de habilitación comercial presentada por la sociedad: CLUB PARQUE LA ARMONÍA para desarrollar actividad comercial en el Rubro: BUFFET Y SALA DE REUNIONES;
Que el local que se pretende habilitar reúne los requisitos higiénicos-sanitarios exigidos por los cuerpos Legales vigentes en la materia, según acta constatación Nº 15840;
Que no existen impedimentos legales para acceder a lo peticionado;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Habilitase a la sociedad: CLUB PARQUE LA ARMONÍA con domicilio legal en la calle Avenida Circunvalación Santa María esq. Cobo de la localidad de Barrio Parque La Armonía para desarrollar actividad comercial en el rubro: BUFFET Y SALA DE REUNIONES en el local ubicado en la calle AV. Circunvalación Santa María Nº 900 de la localidad de Barrio Parque La Armonía previo pago de los derechos que correspondan.
ARTÍCULO 2º: La presente habilitación estará sujeta a Revalidación Anual según Ord. 21/2010.
ARTICULO 3º Para mantener la Habilitación no deberá ocupar vereda ni calzada con la actividad.
ARTÍCULO 4º: EL presente decreto será refrendado por el Secretario de Inspección General Sr. Gustavo Rivadavia.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese al interesado en legal forma, y a quienes corresponda, dese al Registro Oficial.