Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº1097/22

Decreto Nº 1097/22

Publicado en versión extractada

General Pueyrredon, 17/05/2022

ARTÍCULO 1º.- Trasládase, a partir de la fecha de su notificación, a la agente MARÍA JOSÉ BRAVO (Legajo Nº 31.387/1– CUIL 27-31264347-8) SICOLOGO I – C.F. 2-17-00-07 – 35 hs. semanales – Nº de Orden 20549.

 

DE: U.E. 12-03-3-1-2-00 – Institucional: 1-1-1-01-09-000 – Programático: 31-00-00 – UER: 9 – Fin y Func. 3-2-0 – DEPARTAMENTO POLITICAS DE CUIDADO.

 

A: U.E. 12-03-1-1-4-00 – Institucional: 1-1-1-01-09-000 – Programático: 30-00-00 – UER: 9 – Fin y Func. 3-2-0 – DEPARTAMENTO SERVICIOS LOCALES DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LA NIÑEZ, dándosele de baja el pago de la Bonificación por Tarea Riesgosa, manteniéndosele el pago del Fondo Compensador, que viene percibiendo.

 

ARTÍCULO 2º.- Otórgase, a partir de la fecha de su notificación, a la agente mencionada mediante el Artículo 1º del presente Decreto, la Bonificación por Tarea Riesgosa equivalente al VEINTICINCO POR CIENTO (25%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto Vigente.

 

ARTÍCULO 3º.- Acuérdase, a partir de la fecha de su notificación, a la agente mencionada mediante el Artículo 1º del presente Decreto, la Bonificación Especial para el Grupo Ocupacional Profesional, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO  4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a:

Para Art. 2º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 5 – Ap. 1 – F.Fin 1-1-0.

Para Art. 3º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 4 – Ap. 3 – F.Fin 1-1-0.

 

ARTÍCULO   5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL.

 

ARTÍCULO   6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.

 

AB.

BARAGIOLA     MONTENEGRO