Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 0834/22
General Pueyrredon, 17/05/2022
Visto
el expediente 3181/3/2022, cpo.01, relacionado con el pedido de autorización por parte de la Empresa AMX ARGENTINA S.A. (CLARO), para la ejecución de trabajos en la vía pública correspondiente al Proyecto Despliegue Fibra Optica FTTH – Barrio Santa Celina, en distintas calles de la ciudad, y
Considerando
Que la Dirección de Obras Públicas a fs. 88, recomienda conceder permiso a la Empresa AMX ARGENTINA S.A. (CLARO) para llevar a cabo los trabajos detallados en el plano de fs. 35, del presente expediente.
Que la Empresa AMX ARGENTINA S.A. (CLARO) ha dado cumplimiento al pago del derecho de instalación inicial según Recibo Nº 9800-10724709 de fs. 5, y al Depósito de Garantía según Recibo Nº 11.632 obrante a fs. 96.
Que de acuerdo a la Ordenanza Impositiva vigente la Empresa AMX ARGENTINA S.A. (CLARO) deberá dar cumplimiento en el E.M.S.U.R. (Ente Municipal de Servicios Urbanos) de los pagos que a continuación se detallan: según Cap. IX, Art. 35º, inciso b – 1) el pago bimestral correspondiente a la colocación de 39 postes propios de 9 metros de altura; y según Cap. IX, Art. 35º, inciso a -19 deberá dar cumplimiento en el E.M.V.I.A.L. (Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado) del pago anual por el tendido aéreo de 2.800 mts. de fibra óptica, a partir de la recepción provisoria de la obra otorgada por el Departamento Control Obras de Gas y Electromecánicas.
Que a fs. 98/110 obra contrato entre la Empresa AMX ARGENTINA S.A. (CLARO) y la Empresa de Distribución de Energía Atlántica (E.D.E.A. S.A.) para la utilización de soportes y/o ménsulas pertenecientes a la red de distribución de baja tensión de la E.D.E.A. S.A.
Que ante la situación de emergencia sanitaria que se ha producido por el COVID – 19, se deberá utilizar el protocolo de prevención para proteger la salud de los trabajadores en la obra determinado por la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano.
Que la Empresa AMX ARGENTINA S.A. (CLARO) presenta a fs. 50/61 las correspondientes interferencias otorgadas por las empresas prestadoras de servicios en el sector por donde ha sido proyectada la colocación de columnas metálicas, postes de madera y/o PRFV para el tendido aéreo de fibra óptica, según proyecto de fs. 35, siendo el plazo de obra de SESENTA (60) días corridos.
Que la Empresa AMX ARGENTINA S.A. (CLARO) presenta a fs. 62/85 inclusive, el Programa de Seguridad aprobado por la Asegurada de Riesgos del Trabajo (ART) para los trabajos de colocación de columnas metálicas, postes de madera y/o PRFV para el tendido aéreo de fibra óptica, según proyecto de fs. 35.
Por ello, y en uso de las atribuciones delegadas por el Decreto Nº 916/2020,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO A CARGO DE LA SECRETARIA DE
OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º. - Conceder permiso de trabajo en la vía pública a la Empresa AMX ARGENTINA S.A. (CLARO), de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 886, Decreto Nº 1452/87 y Resolución N.º 1725/21, para llevar a cabo las tareas consistentes en:
1) La colocación de 39 postes propíos de 9 metros de altura, en el siguiente sector:
Avda. Mario Bravo – Avda. 10 de Febrero – Calle Cabo Corrientes – Calle Laguna de los Padres , según plano obrante a fs. 35 del presente expediente.
2) El tendido aéreo de 2.800 metros de fibra óptica de acuerdo al plano de fs. 35 del presente expediente.
ARTÍCULO 2º. - La mencionada Empresa para la ejecución de dichos trabajos deberá ajustarse a los siguientes recaudos:
b1) El responsable de los trabajos indicará los sitios a señalar y las características de la señalización a colocar, según las particularidades de la obra. Estos sistemas de señalización (carteles, vallas, balizas, cadenas, sirenas, tarjetas, etc.) se mantendrán, modificarán y adecuarán según la evolución de los trabajos y sus riesgos emergentes.
b2) Las señales visuales serán confeccionadas en forma tal que sean fácilmente visibles a distancia y en las condiciones que se pretenden sean observadas. Se utilizarán leyendas en idioma español, pictogramas, que no ofrezcan dudas en su interpretación y usando colores contrastantes con el fondo.
ARTÍCULO 3º. - Otórgase un plazo de SESENTA (60) días corridos para la terminación total de los trabajos, a partir de la firma del Acta de Inicio.
ARTÍCULO 4º. - Previo al inicio de los trabajos y con un máximo de 48 hs. de antelación la Empresa AMX ARGENTINA S.A. (CLARO) deberá notificar fehacientemente a cada uno de los frentistas que abarque la obra en cuanto al alcance, ejecución y finalización de la misma.
ARTÍCULO 5º. - De acuerdo al Artículo 7.8 del Anexo I de la Ordenanza N.º 9163 (“Reglamento general para el uso del espacio público aéreo y subterráneo”) “las permisionarias identificarán sus instalaciones pintándolas de un color que será fijado por la Municipalidad” con el objeto de poder identificar y diferenciar los diversos tendidos de fibra óptica existentes en la vía pública. La identificación deberá ser visible desde el nivel de suelo. Por lo tanto, la Empresa AMX ARGENTINA S.A. (CLARO) deberá identificar sus instalaciones de fibra óptica y conforme a lo dispuesto por la Dirección de Informática el color que identificará a la Empresa AMX ARGENTINA S.A. (CLARO) será ROJO.
ARTÍCULO 6º. - La Empresa deberá dar cumplimiento al protocolo de prevención para proteger la salud de los trabajadores en la obra determinado por la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano, ante la situación de emergencia sanitaria que se ha producido por el COVID– 19.
ARTÍCULO 7º. - Dejar expresamente aclarado que la autorización otorgada por la presente, está condicionada al compromiso de la Empresa de efectuar el retiro o traslado de las instalaciones cuando las mismas afecten o restrinjan los derechos de los propietarios frente a cuyos inmuebles se ejecuten las obras o en circunstancias en que así lo exija la Municipalidad, con motivo de trabajos y obras públicas que colisionen con las instalaciones de referencia.
ARTÍCULO 8º. - Fijar en TRESCIENTOS SESENTA (360) días la vigencia de la presente autorización. Si vencido el plazo no se han dado comienzo a los trabajos, la misma caducará automáticamente.
ARTÍCULO 9º. – Regístrar, dar al Boletín Municipal y notificar del presente por intermedio del Departamento Control Obras de Gas y Electromecánicas a la Empresa.
SJB/ndd.
BONIFATTI