Boletines/Nueve de Julio

Ordenanza Nº6753/2022

Ordenanza Nº 6753/2022

Nueve de Julio, 26/05/2022

 

COLOCACION DE BALDOSAS CON EL NOMBRE DE DETENIDOS DESAPARECIDOS DE LA CIUDAD DE 9 DE JULIO .-

VISTO:

Que la Ley Nacional Nº 25.633 establece el 24 de marzo como el “Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia” en conmemoración de quienes resultaron víctimas del Proceso iniciado en esa fecha en el año 1976 y que la Ley Nacional Nº 26.085, promulgada el 20 de marzo de 2006, la declara como feriado nacional, y

CONSIDERANDO:

Que el golpe de estado de 1976 fue el último y el más atroz de la larga serie de golpes que signó la historia política, social y económica de nuestro país. Que dicho golpe dio comienzo al autodenominado Proceso de Reorganización Nacional, la última dictadura cívico militar más cruel de toda la historia argentina, que tuvo como uno de los principales ejes de acción, la persecución y desaparición de 30.000 personas, provocando un profundo daño en el tejido social argentino, ya que no sólo hizo desaparecer individuos, sino que se propuso también desaparecer sus historias, sus sueños e ideales.

Que uno de los objetivos de la Ley Nacional N°25.633 es consolidar la memoria colectiva de la sociedad, generando sentimientos opuestos a todo tipo de autoritarismo y auspiciar la defensa permanente del Estado de Derecho y la plena vigencia de los Derechos Humanos.

Que cada 24 de marzo conmemoramos a las víctimas del terrorismo de Estado ocurrido en Argentina entre 1976 y 1983 y se propone como un día de reflexión, análisis y comprensión de nuestro pasado histórico reciente.

Que, las nuevejulienses María Ester Infesta, Mercedes Bogliolo y Mimí Gassman, detenidas desaparecidas durante la última dictadura cívico militar, entre los años 1976 y 1983, no eran seres anónimos, tenían familias, ideales y proyectos de vida. Por ello es una obligación política, rescatar y poner en valor la historia de cada una de ellas, ya que sus voces fueron violentamente silenciadas y sus historias prácticamente olvidadas.

Que es fundamental rescatar la historia de las nuevejulienses desaparecidas y preservarla para las futuras generaciones para que NUNCA MÁS se repita esa parte de la historia argentina.

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: En el marco de la reparación y puesta en valor de la Plaza Italia, colóquese al pie del monolito, ubicado en dicha Plaza, tres baldosas con los nombres de cada una de las detenidas desaparecidas de la ciudad de 9 de Julio, María Ester Infesta, Mercedes Bogliolo y Mimí Gassman, detenidas desaparecidas durante la última dictadura cívico militar, entre los años 1976 y 1983 a fin de seguir visibilizando sus nombres y fortaleciendo la memoria colectiva de las/os nuevejulienses.

ARTÍCULO 2°: El Departamento Ejecutivo Municipal determinará la partida presupuestaria correspondiente para el cumplimiento de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 3°: Elevar copia de la presente pieza legal a los medios de comunicación locales.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese al D.E. a sus efectos.-