Boletines/Nueve de Julio

Ordenanza Nº6738/2022

Ordenanza Nº 6738/2022

Nueve de Julio, 26/05/2022

GRAVAMEN HIPOTECARIO: BUSTAMANTE MARIA DEL CARMEN.

 VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 0021711-0000831-19-000 año 2019 Cuerpo I, II y III del Ministerio de Desarrollo Social de Provincia de Buenos Aires. Los expedientes municipales Nº 4082-84/2022 y Nº 4082-84/2022 alcance 64.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad al boleto de compraventa de fojas 02/03 del expediente referenciado en el Visto de la presente, resulta adjudicataria del lote identificado como Circunscripción XV, Sección B, Chacra 173, Manzana 173w, Parcela 19 de 9 de Julio, la señora MARIA DEL CARMEN BUSTAMANTE (D.N.I. Nº 30.060.721). Que a fojas 10/11 consta informe de obra y el señor Secretario de Vivienda y Urbanismo a fojas 12/14 considera cumplido el cargo de construcción. Que a fojas 15/17 obra el informe social de los ocupantes de la vivienda.

Que a fojas 23/25 del expediente referido en el Visto, la Dirección General de Ingresos Públicos adjunta deuda por reintegro de plan familia propietaria y a fojas 26 obra minuta contable a los fines de constituir hipoteca en primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.

Que de conformidad al Artículo 54 y concordantes de la ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Municipalidad.

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Autorízase al Señor Intendente Municipal conjuntamente con la Escribanía General de Gobierno a extender la escritura traslativa de dominio del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XV, Sección B, Chacra 173, Manzana 173w, Parcela 19 de 9 de Julio perteneciente al Programa “Plan Familia Propietaria”, en favor de la señora MARIA DEL CARMEN BUSTAMANTE (D.N.I. Nº 30.060.721), con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio conforme el precio de venta de la vivienda.

ARTICULO 2º: Establézcase hipoteca de primer grado en favor de la Municipalidad de 9 de Julio, de conformidad a la siguiente minuta contable : - Precio de Venta sin interés al 16/02/2022: pesos un mil doscientos ($ 1.200). - Valor de las cuotas sin interés: pesos quince ($ 15). - Cantidad de cuotas: ochenta (80). - Cuotas abonadas: cero (0). - Saldo hipotecario sin interés a febrero de 2022: pesos un mil doscientos ($ 1.200). - Saldo hipotecario con interés a febrero de 2022: pesos seis mil trescientos diecinueve con 60/100 ($ 6.319,60).

ARTICULO 3º: Declárese de Interés Social en los términos del Artículo 4º inciso d) de la Ley 10.830 la escrituración de la venta del lote a favor de la beneficiaria procediéndose a su escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, autorizándose a escriturar el inmueble objeto de la presente con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.

ARTÍCULO 4º: En la escritura deberá dejarse constancia que “la beneficiaria no podrá transferir el lote por el término de cinco (5) años, bajo condición resolutoria y que se compromete a que la construcción levantada en el terreno entregado será destinada a vivienda única y de ocupación permanente del grupo familiar. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio mediante retrocesión”.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.