Boletines/Lobería
Decreto Nº 738-22
Lobería, 27/04/2022
ASÍGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el Decreto N° 100/22; y
Considerando
QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Falcon, ubicada en calle Ameghino N° 278, de esta ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quien tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el titular de esa dependencia ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante el Decreto N° 100/22, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 18 de abril de 2022;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto N° 100/22, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Falcon, ubicada en calle Ameghino N° 278, de esta ciudad, a partir del 18 de abril de 2022:
APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO
PEREZ, LUCAS DANIEL 37.385.653
AMOR, GABRIEL VALENTIN 40.058.457
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Demolición de cargas $ 1.136,63
Cargas revocadas $ 20.417,44
Cielorraso de machimbre $ 18.724,19
Colocar chapa para tapar carga y babeta $ 5.232,56
ARTICULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS DIEZ CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($ 45.510,81-) resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE CON TREINTA CENTAVOS ($ 39.139,30.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 5.461,30. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional – 5.2.1.0 Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 738-22